Adicción a sentencia sobre derechos en pardina de Somed.
CLERO-SECULAR_REGULAR,Car.3741,N.16
1503-08-05 - 1503-08-06
Unidad Documental Simple
ES.28079.AHN/10//CLERO-SECULAR_REGULAR,Car.3741,N.16
Archivo Histórico Nacional 3. INSTITUCIONES ECLESIÁSTICAS 3.1. CLERO REGULAR 3.1.2. Órdenes y Congregaciones Religiosas Masculinas Cistercienses Monasterio de Santa María de Piedra (Zaragoza). Cistercienses
Ante García Forcén de Valtierra, oficial eclesiástico de Calatayud, Domingo Riol, médico, García del Portillo, infazón, y Gonzalvo de Funes, menor de días, arbitros en la causa había entre el monasterio y el lugar de Carenas, de una parte, y los concejos de Ibdes y Munébrega, de la otra, sobre derechos de heredades en la pardina de Somed, tras escuchar la sentencia que ya había sido dada anteriormente (1502-06-24 / Calatayud) y la adicción que a ésta se hizo (1503-07-21 / Calatayud) los concejos susodichos se comprometen a aceptar ambas y a cumplirlas (1503-08-05 / Ibdes, 1503-08-06 / Munébrega).
Documento privado.