Sentencia arbitral sobre explotación de términos de Nuévalos.
CLERO-SECULAR_REGULAR,Car.3742,N.6
1508-02-26
Unidad Documental Simple
ES.28079.AHN/10//CLERO-SECULAR_REGULAR,Car.3742,N.6
Archivo Histórico Nacional 3. INSTITUCIONES ECLESIÁSTICAS 3.1. CLERO REGULAR 3.1.2. Órdenes y Congregaciones Religiosas Masculinas Cistercienses Monasterio de Santa María de Piedra (Zaragoza). Cistercienses
En el proceso habido entre el monasterio y su abad García del Portillo, de una parte, y Mateo de Castellón, prior del Santo Sepulcro de Calatayud, comendador de Nuévalos, y el concejo de dicho lugar, de la otra, en el cual, sobre la explotación y uso de ciertos términos del lugar por ambas partes, tras elegir a García Forcén, doctor en decretos, canónigo y limosnero de la iglesia mayor de Santa María de Calatayud, oficial y vicario general de la dicha ciudad y su arcedianado, como árbitro ((1506-10-24 / Calatayud, 1506-10-25 / Calatayud y 1506-10-26 / Piedra), se hace ahora una adicción a la sentencia ya dada (1506-11-24 / Calatayud), por la cual se ponen en vigencia dos sentencias anteriores dadas sobre este mismo caso (1445-10-30 / Piedra y 1461-10-31 / Calatayud) especificando ahora ciertos aspectos (1508-02-01 / Munébrega); siendo posteriormente de nuevo añadidas ciertas especificaciones (1508-02-16 / Calatayud) e intimada y aprobada por las partes (1508-02-25 / Nuévalos y 1508-02-26 / Piedra).
AHN.Clero.Carpeta. 3724-18.
Documento privado.