Copia de dos bulas de Alejandro IV con privilegios al Císter.
CLERO-SECULAR_REGULAR,Car.3767,N.18
1258-11-20
Unidad Documental Simple
ES.28079.AHN/10//CLERO-SECULAR_REGULAR,Car.3767,N.18
Archivo Histórico Nacional 3. INSTITUCIONES ECLESIÁSTICAS 3.1. CLERO REGULAR 3.1.2. Órdenes y Congregaciones Religiosas Masculinas Cistercienses Monasterio de Santa María de Veruela (Zaragoza). Cistercienses
El diploma contiene copia de dos bulas de Alejandro IV: en la primera (Letrán / 1255-12-11) exime al Císter del pago de prestaciones de colectas y subsidios y otras exacciones impuestas por la sede apostólica o por sus legados, de manera que si las cartas no hacen mención a la orden cisterciense no obligan a su cumplimiento, y que tampoco les atañen las sentencias de excomunión e interdictos y suspensión a divinis emitidas contra ellos; en la segunda (Anagni / 1258-11-20) declara que el Císter no está obligado a acoger en sus monasterios a legados, nuncios apostólicos, arzobispos u obispos y que si lo hacen es 'charitatis sua'.
CABANES PECOURT, María Desamparados (1985): El Libro Registro de Veruela, Zaragoza.
KIVIHARJU, Jukka (1989): Los Documentos Latino-Romances del Monasterio de Veruela 1157-1301: Edición,estudio morfosintáctico y vocabulario, Helsinki.
Documento eclesiastico.