Expedientes y oficios remitidos a la Comisión Liquidadora del Tribunal especial de represión de Masonería y Comunismo interesándose por encartados por el Tribunal. Letras A-L.
TERMC,1253
1962-02-07 - 1970-11-02
Fracción de Serie-Unidad de Instalación
ES.37274.CDMH/6//TERMC,1253
Centro Documental de la Memoria Histórica Jurisdicción especial para la represión de la masonería y el comunismo Comisión Liquidadora del Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo Oficios remitidos por distintos organismos a la Comisión Liquidadora del Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo interesándose por los encausados y condenados por el Tribunal
Comisión liquidadora del Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo (España) Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo (España)
La mayor parte de los expedientes están formados por oficios remitidos a la Comisión por diferentes entidades y por copias de los oficios de respuesta de la Comisión. Los asuntos más frecuentes son los siguientes:
Oficios remitidos por distintos organismos de la Administración consultando sobre la existencia de antecedentes masónicos o político sociales de funcionarios o de causas instruidas por el TERMC contra ellos. Son muy numerosos los oficios enviados por el Ministerio de Educación Nacional, y después por el Ministerio de Educación y Ciencia, preguntando por maestros nacionales, pero también hay de los ministerios de Trabajo, Hacienda, Gobernación, Marina y Agricultura y de autoridades militares que solicitan información sobre personal militar. En algunas ocasiones los certificados de antecedentes son solicitados por los propios interesados.
Oficios de la Dirección General de Seguridad solicitando a la Comisión Liquidadora dictámenes sobre las posibles objeciones que pudiera tener para conceder la repatriación de exiliados políticos que han solicitado su regreso a España y tenían causas pendientes en el TERMC. Los expedientes de repatriación eran tramitados por una Comisión Interministerial de Repatriaciones y el dictamen de la Comisión era preceptivo en el caso de solicitantes con causas pendientes en el tribunal.
Cuando la Comisión envía su oficio contestando que no tiene objeciones para conceder la repatriación señala también que el repatriado tiene la obligación de comunicar su domicilio en España. En tales casos acompaña un segundo oficio de la Dirección General de Seguridad comunicando a la Comisión la autorización de la repatriación y el domicilio del repatriado.
Oficios de la Dirección General de Seguridad comunicando a la Comisión la concesión de pasaportes personas repatriadas que lo han solicitado y preguntando si por su parte existe alguna objeción para proceder a la entrega del pasaporte.
Oficios remitidos por la Comisión Liquidadora a la Dirección General de Seguridad señalando que deben quedar sin efecto reclamaciones, requisitorias u órdenes de busca y captura de personas procesadas por el TERMC.
Expedientes instruidos para averiguar la residencia actual de personas reclamadas por la jurisdicción especial para la represión de la masonería y el comunismo.
Oficios de Dirección General de Seguridad consultando a la Comisión sobre la situación legal de personas condenadas por el TERMC y en qué momento queda extinguida su responsabilidad penal. Algunas veces la solicitud la hace el propio interesado. En algunos casos hay copias de certificados expedidos por la Comisión declarando el archivo de una causa y la extinción de toda responsabilidad penal.
Oficios de la Comisión Liquidadora expedidos a solicitud del Juzgado Especial de la Dirección General de Correos y Telecomunicación señalando los efectos o la duración de las penas de inhabilitación o separación del servicio impuestas por el TERMC a funcionarios de su plantilla para saber cuándo pueden ser readmitidos. Otras veces el mismo juzgado consulta a la Comisión si existe por su parte algún impedimento para que se produzca el reingreso al servicio de funcionarios separados como consecuencia de sentencias dictadas por el TERMC condenándolos a penas de inhabilitación o separación del servicio.
Oficios de la Comisión comunicando a las autoridades gubernativas, de la policía o la Guardia Civil modificaciones de situaciones procesales de condenados por el TERMC, principalmente la conmutación de penas. En otras ocasiones la Comisión comunica que un antiguo condenado queda exonerado de la obligación cautelar de acudir periódicamente a la jefatura de la policía o la Guardia Civil.
Expedientes sobre la tramitación de solicitudes de indulto y conmutación de penas.
Expedientes sobre tramitación de solicitudes de cancelación de antecedentes penales de personas condenadas por el TERMC.
Expedientes sobre tramitación de solicitudes de expedición de certificaciones negativas de antecedentes penales.
Expedientes formados por solicitudes del Tribunal de Orden Público reclamando el envío de antecedentes de procesados o copias de sumarios y sentencias del TERMC y los oficios de remisión de la documentación enviada por la Comisión.
Oficios de remisión de copias de sumarios y sentencias del TERMC expedidas por la Comisión a petición de particulares u otros órganos administrativos.
Copias de oficios de acuse de recibo de documentos remitidos a la Comisión Liquidadora.
Expedientes motivados por solicitudes de licencia de caza o permiso de conducir hechas por personas procesadas por el TERMC, siendo requisito obligado que en estos casos la Comisión Liquidadora expida un certificado de buena conducta.
Los expedientes están ordenados alfabéticamente por el primer apellido.
Los oficios de entrada van cosidos a las copias de los oficios de respuesta.
En general son de aplicación las normas establecidas en el artículo 57 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y en el Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso.
En general son de aplicación las normas establecidas en el artículo 57 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y en el Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso.
Español/Mecanografiado/Manuscrito/Impreso
Bueno
TERMC,1254. Expedientes y oficios de la Comisión Liquidadora. Letras M-Z.