Historia Institucional / Reseña Biográfica:
Los nombramientos de cargos correspondían al Gobierno Supremo, según se dispuso en la Ley de Instrucción Pública de 1857. El Reglamento general de Instrucción Pública de 1859, atribuía al rector la facultad de proponer al Gobierno los directores de las Escuelas Profesionales.
En Filipinas el cargo de director de las Escuelas Profesionales solía recaer en uno de los profesores. Al personal de las Escuelas que dependían de la Junta de Comercio y se sostenían con fondos del Depósito Mercantil, como eran las de Comercio, Náutica y Dibujo y Pintura (esta incorporada en 1889 a la de Artes y Oficios), los nombraba la propia Junta o el Tribunal de Comercio, aunque tenían que dar cuenta al Gobierno Supremo para su confirmación.
El gobernador tenía encomendado el nombramiento de los directores de la Escuela de Artes y Oficios y de la de Telegrafía Práctica de Manila, este último a propuesta del jefe de Telégrafos. Y al director de la Escuela Normal de Maestros de Manila, que estaba a cargo de la Compañía de Jesús, lo nombraba la propia Compañía. En la Escuela de Agricultura sólo se dice que el Director será un ingeniero agrónomo y el ayudante de la escuela un perito agrícola sin aclarar a quién corresponde su designación.
Así se establecía en los Reglamentos de cada una de las escuelas que, por otra parte, al tratar del personal, se limitan a determinar más o menos sus funciones pero solo en el caso del Director, y no siempre, dicen quién se encarga de nombrarlo.