Expedientes de obras en inmuebles, conjuntos urbanos y paisajes singulares protegidos por la legislación de patrimonio histórico-artístico
1940 - 1979
Predomina 1963
Predomina 1975
Serie_en
Archivo General de la Administración 1. Archivos Públicos 1.2. Poder Ejecutivo 1.2.1. Administración General del Estado 1.2.1.1. Administración Central 1.2.1.1.1. Departamentos Ministeriales Ministerio de Cultura Dirección General de Bellas Artes
La documentación ingresa directamente en el Archivo General de la Administración desde el Archivo Central de Ministerio de Cultura mediante transferencia en el año 1986. La correspondiencia de la signatura del AGA (Signaga) con la signatura origen del Archivo Central del Ministerio de Cultura es la siguiente: -Cajas: Signaga 73/10295-73/10807 corresponde a la 70234-70667 -Cajas: Signaga 73/10808-73/10836 corresponde a la 71889-71914
Esta serie es el resultado del ejercicio por parte de la Dirección General de Bellas Artes de las competencias sobre urbanismo contenidas en el artículo 33 y 34 de la Ley de Protección del Patrimonio Artístico Nacional de 1933 y del artículo 25 de su Reglamento de Desarrollo de 16 de abril de 1936. En virtud de ellas, le competía la autorización previa de cuantas actuaciones afectaran a bienes inmuebles, zonas urbanas o rurales que por sus valores histórico-artísticos o estéticos hubieran sido objeto de declaración de protección. En este cometido era auxiliado por el Servicio de Defensa del Patrimonio Artístico Nacional, que actuaba como órgano técnico de apoyo, propuesta y asesoramiento. Estaba estructurado territorialmente en diez zonas (Decreto 18 de febrero de 1960) que culminaban en la Comisaría General con sede en Madrid (Decreto-Ley de 12 de junio de 1953). La importancia de esta materia y la acumulación de trabajo a finales de los años 60 obligará a una amplia reforma. Ésta se llevará a cabo en varias fases. Primeramente (Orden de 23 de diciembre de 1971) dividiendo la tradicional Sección de Patrimonio de la Dirección General en dos unidades con competencias respectivamente en patrimonio inmueble (Sección Primera) y patrimonio mueble (Sección Segunda), la primera de los cuales pasará a denominarse Servicio de Monumentos y Conjuntos. En segundo lugar con una amplia desconcentración en unos nuevos órganos territoriales, las Comisiones Provinciales de Patrimonio Histórico Artístico (Real Decreto 3194/1971 de 22 de octubre), que conocerán de la generalidad de los expedientes salvo aquéllos de mayor importancia o calado político que siguen siendo competencia de los órganos centrales. Finalmente con una reforma de la Comisaría General del Patrimonio Histórico Artístico y sus órganos territoriales, los Arquitectos de Zona, que pasarán a integrarse en la Inspección Técnica de Monumentos y Conjuntos (Órdenes de 13 de mayo de 1969 y de 19 de enero de 1971). Como consecuencia de la reorientación general de su actividad este centro directivo pasará a llamarse Dirección General de Patrimonio Artístico y Cultural a partir de 1974.
TRANSFER
Transferencia del Ministerio de Cultura. Registro general de entrada del AGA número 0828
1986-04-21
70234-70667 71889-71914
Dirección General de Bellas Artes (España)
En la mayor parte de los casos, la documentación responde a proyectos de grandes obras. En aquellos presentados por particulares son típicos los referidos a construcciones, reformas y derribos de inmuebles. Los promovidos por entes públicos incluyen mayoritariamente proyectos de construcción de infraestructuras, dotaciones urbanísticas y restauración de monumentos.
Son también muy comunes las solicitudes para la ejecución de pequeñas obras (instalación de nuevos elementos, reparación, sustitución de elementos decorativos o colocación de rótulos o toldos) y las consultas de particulares sobre las condiciones de ejecución de una eventual obra (genéricas o sobre aspectos particulares como alturas, alineaciones o materiales).
Finalmente podemos encontrar también algunos expedientes referidos a la aprobación de normas de planeamiento y ordenación urbanística que, en virtud de las competencias genéricas arriba reseñadas, correspondían asimismo a la Dirección General.
El procedimiento tiene típicamente la siguiente estructura:
-Acto de iniciación por parte del particular o administración promotora. Son corrientes también los procedimientos instados por denuncias de particulares o consecuencia de actos de inspección de los Arquitectos de Zona.
-Informe del Arquitecto de Zona.
-Informe de la Comisaría General.
-Resolución del centro directivo autorizando, denegando o introduciendo modificaciones en el proyecto original.
-Notificación al promotor.
Los expedientes contienen una importante cantidad de documentación de carácter técnico, especialmente en los grandes proyectos. Estos incluyen una memoria, pliego de condiciones, presupuesto y planos. Las solicitudes de obras de menor importancia suelen acompañarse de croquis. Son muy abundantes las fotografías.
Documentación de conservación permanente
Expedientes agrupados por provincias.
Acceso libre, salvo expedientes con datos que afecten a la seguridad del estado, a la intimidad de las personas (Artículo 57.1 a) y c) de la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español) o con específicos problemas de conservación
Good
González-Varas, Ignacio. "Conservación de bienes culturales. Teoría, historia, principios y normas". Madrid, 1999.
- Archivos Históricos Provinciales para las actuaciones de los Delegados de Bellas Artes y Arquitectos-Conservadores de Zona así como los expedientes resueltos por las Comisiones de Patrimonio Histórico Artístico a partir de 1970. - Archivos de las Comunidades Autónomas para los expedientes incoados tras la transferencia de las competencias sobre patrimonio a partir de 1980. - Archivos de las Diputaciones y Ayuntamientos. - Archivos de las Academias de Bellas Artes. - Archivo Central del Instituto de Patrimonio Cultural de España
Pendientes de descripción se encuentran 1006 cajas pertenecientes a esta serie (de la Signaga 73,10837a la Signaga 73,11842)