Prohibición a los flamencos de residir en puerto de mar y en ciudades o lugares que disten a menos distancia de 20 leguas de aquéllos. Sevilla.
CONSEJOS,25395,Exp.1 [Signaturas anteriores]
1500
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN//CONSEJOS,25395,Exp.1
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MALO
Pleito asentado en el Libro de Matrícula: CONSEJOS,L.3201
Fecha del ingreso en el archivo del Consejo de Castilla: 1500.