Juro a favor de Angelo, Bartolome, Esteban y Nicolao Lomelin, Cándida, Francisco y Juan Díaz de Otazu, Eusebio de Carranza, Francisco Ochoa de Corcuera, Jacinta Antonia de Isunza y Escoriaza y otros
CME,610,12
Primera mitad del siglo XVII
Unidad Documental Compuesta
ES.47161.AGS//CME,610,12
Acompaña: testamento de Angelo Lomelin.
Herencia e hijuela de partición de Bartolome Lomelin.
Sucesión en mayorazgo de Cándida Díaz de Otazu y Jacinta Antonia de Isunza y Escoriaza.
Hijuela de Esteban Lomelin.
Nombramiento de capellán de Eusebio de Carranza.
Testamento y fundación de mayorazgo de Francisco Díaz de Otazu.
Nombramiento y administración de ciertas obras pías de Francisco Ochoa de Corcuera.
Cláusulas del testamento de Juan Díaz de Otazu, padre.
Mejora del tercio y quinto por vía de vínculo de Juan Fernández de Otazu, hijo.
Cláusula del testamento de Luisa de Manzanos.
Hijuela y testamento de Nicolao Lomelin.
Mejora, testamento y fundación de capellanías y memorias de Pedro Hurtado de Corcuera y Otazu.
Herencia y sucesión en mayorazgos de Sebastián Hurtado de Corcuera y Mendoza.
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Bueno