CONSULTA DEL CONSEJO DE INDIAS
INDIFERENTE,743,N.12B
1585-03-23 , Madrid
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/22//INDIFERENTE,743,N.12B
R.: 'Esto que parece en quanto a que los çinco mill pesos de oro comun de a ocho reales que le mande dar sean de minas que valen seis mill ducados y que en el entretanto que se le cumple enteramente esta merced, se le den dos mill ducados cada año de los tributos de los indios que estan puestos en la corona real en la Nueua Hespaña, para dar entretenimientos a hijos y nietos de descubridores y pobladores della, esta bien, pero teniendolo el consejo entendido solo para si primero que se publique y diga a la parte, se terna entendido del con disimulacion que se contentara y satisfara sin pedir mas, y entonces se le podra dezir, y no antes por que no piense que se le ha de yr creçiendo cada dia y esto se entiende con las limitaçiones y condiciones todas que estan en la consulta de 28 de enero passado y apartandose de qualquier derecho que pretenda o pueda tener y saliendo al que otros quisieren y satisfaziendoles y en quanto a lo que toca al habito, yo no acostumbro darlos por conçierto, pero quando este concluido y acabado todo, se me podra boluer a acordar, y auiseseme si para el hijo que le quiere, ha de uiuir y residir en las Indias, y si esta agora alla.'
2 f.
Acomp.: Petición de don Antonio Velázquez. 2 f.
(V. 16 febrero 1595)
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Descripción incluida en A.G.I.: CATALOGO DE LAS CONSULTAS DEL CONSEJO DE INDIAS. TOMO I