Orden al gobernador sobre la existencia de un preceptor de gramática
CARACAS,1,L.3,F.28V-29V
1600-07-10
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/24//CARACAS,1,L.3,F.28V-29V
Archivo General de Indias Gobierno Audiencia de Caracas Registros de la provincia de Venezuela Registro de oficio de la provincia de Venezuela
Consejo de Indias (España)
Real cédula a Gonzalo de Piña Ludueña, gobernador de la provincia de Venezuela, comunicándole que por cédula de 14 de septiembre de 1592 mandó que en esa provincia hubiera un preceptor de gramática y que se le diesen 200 pesos anuales por tiempo de seis años, de los tributos de los primeros indios que vacaren, insertándola por extenso, y que no se ha cumplido, por lo que mando la veais y cumplais como en ella se contiene.
(Al margen): 'Al gouernador de Benezuela que cumpla la cédula arriua inserta sobre que en los tributos de los primeros yndios que vacaren en aquella prouincia se situen docientos pesos para el salario de vn preceptor de gramática. Corregida';