Orden al gobernador sobre el pago de alcabalas
CARACAS,1,L.3,F.34R-34V
1600-08-31
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/24//CARACAS,1,L.3,F.34R-34V
Archivo General de Indias Gobierno Audiencia de Caracas Registros de la provincia de Venezuela Registro de oficio de la provincia de Venezuela
Consejo de Indias (España)
Real cédula al gobernador de la provincia de Venezuela, comunicándole que el cabildo, justicia y regimiento de la ciudad de Santiago de León le ha hecho relación que por la falta de oro y plata que existe, las ventas y transaciones se realizan por trueque y como quiera que ahora debe pagar las alcabalas en dinero sufriría mucho daño, por lo que manda que las alcabalas se puedan pagar en esa provincia en
las propias cosas y especies que se debiere y procediere.
(Al margen): 'La ciudad de Santiago de León. Vuestra majestad manda que las alcaualas se puedan pagar y paguen en la prouincia de Benezuela en la propia cosa y especie de que se deuiere y procediere la tal alcabala por la gran falta que en ella ay de oro y perlas y ser tierre pobre';