Recaudadores al servicio de los arriendos de contribuciones, solicitan se reforme el Real Decreto en el sentido de que cuando cesen los Arriendos, sean considerados Recaudadores de las respectivas zonas, aquellos que por dicho Real Decreto hubieses sido nombrados para realizar el servicio de cobrador en ellas.
FC-PRESID_GOB_PRIMO_DE_RIVERA,234-1,Exp.55
1925
Unidad Documental Simple
ES.28079.AHN//FC-PRESID_GOB_PRIMO_DE_RIVERA,234-1,Exp.55
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central Directorio Militar de Primo de Rivera Ponencia del general Mario Muslera Planes Hacienda. Ponencia de Muslera Funcionarios. Ponencia de Muslera