Obispo de Oviedo, solicita que se autorice la inscripción en los Registros de la propiedad de los bienes de las Capellanías colativo-familiares sin exigir la previa presentación de la Real Orden de excepción de la desamortización de la capellanía de que se trate; y el de la Diócesis de Coria (Cáceres) que se conceda a las comunidades y órdenes religiosas el pago fraccionado de los atrasos por contribución territorial devengados con anterioridad a la exención concedida por Real Orden.
FC-PRESID_GOB_PRIMO_DE_RIVERA,236-2,Exp.3 [Signaturas anteriores]
1925
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN//FC-PRESID_GOB_PRIMO_DE_RIVERA,236-2,Exp.3
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