Instancia de la Compañía Naviera Eureka, que en su nombre y en de otras Compañías Navieras, solicita se les conceda un título bancario, que pueda ser considerado como descontable en los bancos, por el importe de sus quebrantos, garantizando al Gobierno el pago de los mismos por medio de la recaudación del gravamen creado por Real Decreto de 18 de diciembre de 1923, para cancelación de quebrantos.
FC-PRESID_GOB_PRIMO_DE_RIVERA,254-2,Exp.439 [Signaturas anteriores]
1924
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN//FC-PRESID_GOB_PRIMO_DE_RIVERA,254-2,Exp.439
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