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Fomento. Ponencia de Vallespinosa

Archivo Histórico Nacional

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Fomento. Ponencia de Vallespinosa

Nivel de Descripción:

2ª División

Situación en el cuadro de clasificación del archivo:

Archivo Histórico Nacional     2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS     2.3. Poder Ejecutivo     2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central     Directorio Militar de Primo de Rivera     Ponencia del general Adolfo Vallespinosa Vioz

Contexto

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

Por Real Decreto de 6 de octubre de 1905, se dispone que el Ministerio de Agricultura, Industria, Comercio y Obras Públicas lleve en adelante el nombre de Ministerio de Fomento. Por Real Decreto de 8 de Mayo de 1920 se suprime el Ministerio de Abastecimientos y se crea una Comisaría general de Subsistencias dependiente del Ministerio de Fomento, que durante el Directorio Militar desaparece y los asuntos de subsistencias pasan a ser competencia de Abastos, dentro de Gobernación. y del Consejo de Economía Nacional (R. D. de 8 de marzo de 1924) que controla la producción y el consumo. Por Real Decreto de 20 de febrero de 1922 relativo a la reorganización del Ministerio de Trabajo, el cual en lo sucesivo se denominará "Ministerio de Trabajo, Comercio e Industria" y pasarán a depender de este los servicios de Comercio e Industria, hasta ahora atribuidos al Ministerio de Fomento, excepción hecha de los de Minas y de los Negociados de Aerostación, Aviación civil y Sección de Marina mercante, en sus aspectos de transportes marítimos, comunicaciones marítimas y construcción naval, que continuarán dependiendo del Ministerio de Fomento. Quedará el Ministerio de Fomento organizado con la Dirección General de Obras Públicas, La Dirección General de Agricultura y Montes; un Negociado Central que se ocupa de los asuntos del personal, un negociado de Reclamaciones e Informaciones. Por Real Decreto de 3 de abril de 1925 se crea el Instituto Geografico y Catastral dependiente del Ministerio de Fomento en él se reunirán el Instituto Geográfico y los servicios técnicos catastrales de la riqueza rústica.

Condiciones de Acceso y Uso

Índices de Descripción: