Reglamento para indemnizaciones del personal de Obras Públicas de Cuba, Puerto Rico y Filipinas: Reglas para el abono al personal de Obras Públicas en servicios prestados a particulares. Ampliación al personal facultativo de Minas, Montes, Agrónomos y Telégrafos
ULTRAMAR,572,Exp.7
1881 - 1894
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,572,Exp.7
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central Ministerio de Ultramar Fomento de Filipinas. Ministerio de Ultramar Obras Públicas. Fomento de Filipinas Asuntos Generales de Obras Públicas Expedientes de elaboración y reforma de disposiciones legales de Obras Públicas. Asuntos Generales
Ministerio de Ultramar (España)
Expediente instruido para la aplicación a Cuba y Filipinas del Reglamento para las indemnizaciones y gratificaciones a los ingenieros y demás empleados del ramo de Obras Públicas aprobado para Puerto Rico por Real Orden de 22 de marzo de 1862 (continuación). Contiene:
- Real Orden de de diciembre de 1881, aprobando el Reglamento para el abono de indemnizaciones al personal facultativo de Obras Públicas, Minas, Montes y Telégrafos de la isla de Cuba. Acompañan dos ejemplares de la Gaceta de Madrid de 14 del mismo mes, en que se publica Real Orden y Reglamento.
- El gobernador general de Filipinas propone unas reglas para el abono de las indemnizaciones al personal de Obras Públicas en servicios prestados a particulares, redactadas por la Inspección General del ramo y la Dirección General de Administración Civil. Se aprueban en 30 de diciembre de 1881.
- Copia del expediente sobre descuento gradual a las indemnizaciones del personal facultativo de Obras Públicas, Montes y Minas de la isla de Cuba. Consulta del gobernador general de Filipinas, sobre si procede o no la imposición del descuento.
- Proyecto de Reglamento para el abono de indemnizaciones al personal facultativo de Obras Públicas, Minas, Montes, Agrónomos y Telégrafos de Filipinas, redactado por la Comisión Mixta nombrada en cumplimiento de la Real Orden de 30 de diciembre de 1881. Aprobado por Real Orden de 26 de febrero de 1894. Acompañan dos ejemplares de la Gaceta de Madrid de 28 de febrero del mismo año que inserta la Real Orden y el Reglamento.