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Principado de Asturias. Juan Benito Hermosilla, Intendente de Asturias, informa desde Castropol al Consejo de que no puede remitir las cuentas de propios y arbitrios ni las relativas al pago del 17 % de las poblaciones de Asturias que se le han solicitado por Orden de 11 de noviembre de 1810 por hallarse los libros de cuentas en Oviedo y estar la capital y la mayor parte de los pueblos del Principado ocupados por los franceses.

Archivo Histórico Nacional

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Principado de Asturias. Juan Benito Hermosilla, Intendente de Asturias, informa desde Castropol al Consejo de que no puede remitir las cuentas de propios y arbitrios ni las relativas al pago del 17 % de las poblaciones de Asturias que se le han solicitado por Orden de 11 de noviembre de 1810 por hallarse los libros de cuentas en Oviedo y estar la capital y la mayor parte de los pueblos del Principado ocupados por los franceses.

Signatura:

CONSEJOS,12002,Exp.127

Fecha Formación:

1811-01-08

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Compuesta

Código de Referencia:

ES.28079.AHN//CONSEJOS,12002,Exp.127

Situación en el cuadro de clasificación del archivo:

Archivo Histórico Nacional     1. INSTITUCIONES DEL ANTIGUO RÉGIMEN     1.1. INSTITUCIONES DE LA MONARQUÍA     Consejo y Tribunal Supremo de España e Indias (Consejo Reunido)     Expedientes generales     Expediente general iniciado a raíz de una circular comunicada a los Intendentes y a los Subdelegados de Rentas para que remitan al Consejo y Tribunal Supremo de España e Indias certificación de las cuentas de los pueblos libres de sus respectivas provincias relativas al año 1809.

Contexto

Nombre del/los productor/es:

Consejo de Castilla (España) Consejo y Tribunal Supremo de España e Indias

Condiciones de Acceso y Uso

Índices de Descripción:

Documentación Asociada

Soporte:

Digitalizado contiene imágenes digitalizadas

 Notas

Notas:

Expediente asentado en el Libro de Matrícula del Consejo y Tribunal Supremo de España e Indias (Consejo Reunido). Signatura: CONSEJOS,L.2718.