Libro de cuentas de las doblas de la escribanía de Ajo y Villegas para las obras en el Archivo de Simancas
REAL CHANCILLERIA, LIBROS,1230
1703-09-25 - 1715-06-25
Unidad Documental Compuesta
ES.47186.ARCHV//REAL CHANCILLERIA, LIBROS,1230
Archivo de la Real Chancillería de Valladolid Real Audiencia y Chancillería de Valladolid Libros de Chancillería Libros de gobierno interno y administración
Real Audiencia y Chancillería de Valladolid. Sala de Hijosdalgo. Escribanía de Ajo y Villegas
Se trata de un libro en el que se asientan los importes correspondientes a las sentencias y ejecutorias expedidas por la escribanía y que recibe el pagador y depositario general de la chancillería para pagar al Archivo de Simancas. La cantidad económica a pagar en forma de doblas es siempre 97 reales, aunque en ocasiones se expresa también que se reciben 65 reales de marco.
Por norma general, cada asiento presenta una parte central con información sobre el documento expedido (fecha de emisión, nombra de solicitante, vecindad y asunto), acompañándose en el margen izquierdo con información sobre la persona que recoge el documento expedido, el importe cobrado, diligencia de asentamiento en el libro y firma del pagador y depositario, y en el margen derecho se indica el lugar de vecindad del solicitante.
Posiblemente desde tiempos de Felipe II las doblas de la sala de Hijosdalgo se aplicaron para obras en el Archivo de Simancas, como muestra una cédula real de dicho rey expedida el 8 de julio de 1575 por la que se ordenaba que se informara sobre la conveniencia de arrendar las doblas de los hijosdalgo que estaban aplicadas para la obra de dicho archivo. Por una cédula real expedida probablemente por Felipe IV, se ordenó que las cantidades recibidas por el pagador y depositario general de la Chancillería por parte de los escribanos se asentaran en un libro-registro.
Escribano de la Sala de Hijosdalgo: Juan Núñez de Prado
Bueno
Digitalizado