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Expedientes de nombramiento de cargos y empleados administrativos de la Universidad

Archivo Histórico Nacional

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Expedientes de nombramiento de cargos y empleados administrativos de la Universidad

Fecha Formación:

1874  -  1894

Nivel de Descripción:

Serie

Código de Referencia:

ES./16

Situación en el cuadro de clasificación del archivo:

Archivo Histórico Nacional     2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS     2.3. Poder Ejecutivo     2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central     Ministerio de Ultramar     Fomento de Filipinas. Ministerio de Ultramar     Instrucción Pública. Fomento de Filipinas

Contexto

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

La Universidad de Santo Tomás de Manila siempre estuvo encomendada a los Dominicos y sostenida a sus expensas, hecha excepción del periodo comprendido entre la expedición del Decreto de 6 de noviembre de 1870 que pretende la laicización de la enseñanza y dispone que se llame en adelante Universidad de Filipinas, y su derogación por Real Decreto de 29 de octubre de 1875, que vuelve a reconocer el título de Real y Pontificia a la Universidad y dice que continúe a cargo de la Orden de Santo Domingo y bajo la protección del gobernador como Vice Real Patrono. Como consecuencia, el rector y el vicerrector siempre eran religiosos elegidos por la Orden, dando cuenta al gobernador general y al Ministerio de Ultramar. El Real Decreto de 29 de octubre de 1875 dice además que deben tener el grado de doctor y haber sido catedráticos; añadiendo que el Director del Colegio de San José que acoge las facultades de Medicina y Farmacia, será nombrado por le Vice Real Patrono, a propuesta en terna del rector. El decano de cada facultad era el catedrático más antiguo y en caso de igual antigüedad, el de más edad, siendo preferible un Doctor a un Licenciado. El Secretario general debía ser licenciado y era nombrado por el Claustro, según el Reglamento de 1880, o por el gobernador a propuesta del rector, según la reforma de 1889. Los secretarios de las facultades debían ser catedráticos y los nombraba el Rector a propuesta del Decano.

Nombre del/los productor/es:

Ministerio de Ultramar (España)

Condiciones de Acceso y Uso

Índices de Descripción:

Soporte y Volumen

2 Expediente(s) en Papel .