Real cédula a Antonio de Mendoza, virrey de Nueva España, para que nombre al licenciado [Francisco de] Ceinos y a Agustín Guerrero para que tomen cuenta a Andrés de Tapia, vecino de México, de los tributos y aprovechamientos que hubiere cobrado de los indios del pueblo de Tepeucila encomendado a Luis de Cárdenas.
MEXICO,1088,L.3,F.10R-11R
1538-03-01
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/24//MEXICO,1088,L.3,F.10R-11R
Archivo General de Indias Gobierno Audiencia de México Registros de oficio y partes Registros de oficio y partes: Nueva España
Consejo de Indias (España)
Luis de Cárdenas dejó dicha encomienda cuando marchó a cierta entrada, y el alcance que de ello se hiciere a Tapia se deposite en el arca de las tres llaves para que se acuda con ello al dicho Luis de Cárdenas si viviere y si no a sus herederos; y le dejen poseer los dichos indios por término de dos años desde el día de la fecha de esta cédula, al cabo de los cuales si no se supiere si el dicho Luis de Cárdenas es muerto o vivo, se pongan en cabeza de S.M.
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