Expedientes de construcción y reparación extraordinaria de Obras Públicas. Carreteras
1896 - 1897
Serie
ES./16
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central Ministerio de Ultramar Fomento de Filipinas. Ministerio de Ultramar Obras Públicas. Fomento de Filipinas Carreteras
En el Real Decreto de 6 de octubre de 1863 que manda la formación en las provincias de Ultramar de un plan de las Obras Públicas que, por su carácter general, deben ser costeadas por el Estado, en los cuales se incluyen las carreteras, se dispone que no se decretará la construcción de ninguna obra hasta que esté consignado el crédito correspondiente en los presupuestos y dice en su artículo 8º que para las reparaciones extraordinarias los gobernadores superiores civiles podrán decretar su ejecución si su coste no excede de 10.000 pesos, en el caso de Filipinas. El Real Decreto de 5 de mayo de 1876 disponiendo que las obras públicas y servicios a ellas anejos, se ejecuten por contrata mediante subasta pública y dictando las pautas a seguir para el sistema de ejecución de estos servicios y obras, dice en su artículo 4º que podrán ser ejecutadas por Administración, las obras que, cualquiera que sea su importe, sean declaradas de imprescindible necesidad y urgentes por los trámites marcados en la legislación vigente.
Ministerio de Ultramar (España)
Un único expediente se conserva de los que se tramitaran en aplicación de esta legislación.