Expedientes de concesión de tranvías construidos por particulares
1878 - 1895
Serie
ES./16
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central Ministerio de Ultramar Fomento de Filipinas. Ministerio de Ultramar Obras Públicas. Fomento de Filipinas Ferrocarriles
Al no existir un Reglamento para la concesión de tranvías en Filipinas, se aplicó la legislación vigente en la Península. La Ley de Fomento de 23 de noviembre de 1877 aprueba el plan general de ferrocarriles tanto de servicio general como de particular. El Real Decreto de Fomento de 24 de mayo de 1878 aprueba el reglamento de la Ley de Ferrocarriles. Ambas se hacen extensivas a las provincias de Ultramar en 1880. En el artículo 69, se indica que se entiende por tranvías los ferrocarriles establecidos sobre vía pública. Las concesiones de tranvías se harán hasta un máximo de 60 años y serán mediante subasta donde se indicará el tipo de tarifas máximas o el plazo de la concesión. En el capítulo VII de su reglamento se desarrollan las formalidades necesarias para la concesión de los tranvías
Ministerio de Ultramar (España)
Todo proyecto de concesión de tranvías deberá constar de:
-Memoria descriptiva
-Plano y perfil general, y los correspondientes planos de detalle. Si se atraviesan poblaciones o se establece sobre vías urbanas, se acompañarán de planos en gran escala de las calles por donde se dirija la línea y su posición respecto de las aceras y de las fachadas de las casas.
-Pliego de condiciones facultativas que describan las obras.
-Presupuesto.
-Tarifas de precios por la explotación del tranvía, con un cálculo probable del rendimiento de la empresa.
Todos los expedientes de esta serie, además de los documentes preceptivos, contienen planos ilustrativos de la obra.