Dispensa de consanguinidad dada por el papa Julio II a Pedro [Téllez-]Girón, [I duque de Osuna] y Leonor de Guzmán para poder contraer matrimonio, ya que son parientes consanguíneos en tercer y cuarto grado, y dispensa también la edad de Pedro, pues sólo tenía trece años.
OSUNA,C.4,D.24
Aproximada 1550-04-02
Unidad Documental Simple
ES.45168.AHNOB/1//OSUNA,C.4,D.24
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Ducado de Osuna
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