1.2.14. Señorío de Villaluenga del Rosario
OSUNA,F.2,SF.14
2ª División
ES.45168.AHNOB/1
Archivo Histórico de la Nobleza 1. Archivo de los Duques de Osuna 1.2. Ducado de Arcos
En nombre de los Reyes Católicos, el III conde de Arcos, marqués de Zahara y duque de Cádiz, Rodrigo Ponce de León , tomó posesión de estos enclaves, conocidos como ¿ las siete villas de la serranía de Villaluenga ¿ : Archite, Aznalmara, Benaocaz, Cardela, Grazalema, Ubrique y Villaluenga . En 1485 se incorporan al señorío de Arcos, siendo una concesión secreta a la espera de la conquista de Granada; después de ésta, se hizo manifiesta, y formalizada jurídicamente con un privilegio de 11 de enero 1490, en Jaén, por el cual los reyes Católicos le conceden al señor de la casa de Arcos las siete villas. Fue confirmada en otro privilegio dado en Sevilla el 23 de diciembre de 1490. Pasaron a ser mudéjares vasallos del rey castellano, pero por la obligación de hacerse cristianos, hubo numerosas revueltas, provocando la sublevación mudéjar de 1500- 1501. Tras su derrota, la población se reemplazó por gente cristiana en Archite, Benaocaz, Grazalema, Ubrique y Villaluenga, quedando despobladas las fortalezas de Cardela y Aznalmara. Los asentamientos y repartimentos correspondientes se hicieron entre 1501 y 1502, mediante un acuerdo emanado de la casa señorial donde se estipulaban las condiciones con que Beatriz Pacheco, viuda de Rodrigo Ponce de León, mandó repoblar la zona (ordenanzas). Despobladas las fortalezas de Cardela y Aznalmara, y desaparecida Archite, sólo quedaron 4 villas en el siglo XVI, denominadas en las fuentes como ¿ las cuatro villas de serranía de Villaluenga ¿ . Marchenilla, más tarde conocida como Santa María de Guadalupe y después como El Bosque , estuvo integrada en estas cuatro villas, de las que dependía administrativamente.
OTROS
Ducado de Arcos Ducado de Osuna
Documentación con valor histórico permanente.
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Organizado de acuerdo al Cuadro de Clasificación para Archivos Nobiliarios de La Sección Nobleza del AHN (Madrid, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 2000), que se divide en las siguientes Secciones:
SECCIÓN 1- GENEALOGÍA, TÍTULOS Y MAYORAZGOS.
SECCIÓN 2- JURISDICCIÓN SEÑORIAL.
SECCIÓN 3- PATRIMONIO.
SECCIÓN 4- ADMINISTRACIÓN DE PROPIEDADES.
SECCIÓN 5- PERSONAL.
SECCIÓN 6- PERSONAL: FUNCIONES DESEMPEÑADAS
SECCIÓN 7- PATRONATO DE OBRAS PÍAS
SECCIÓN 8- COLECCIONES
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