Concesiones reales de derechos jurisdiccionales
1770-01-01 - 1770-12-31
Serie
Archivo Histórico de la Nobleza 9. Archivo de los Marqueses de Agoncillo 9.1. Marquesado de Agoncillo JURISDICCION SEÑORIAL
Marquesado de Agoncillo
El Rey concede en forma de privilegio parte de los derechos jurisdiccionales: cobro de alcabalas, participación de diezmos que pueden en ocasiones estar vinculados o no a la jurisdicción sobre el territorio. Las posibilidades de cesiones de derechos a los señores son muy diversas, desde los derechos sobre oficios públicos (numerosísimos los casos de cesiones de escribanías con el poder que ello conlleva de control sobre la fe pública y los títulos de propiedad), a diversos pechos, rentas y regalías. Derechos dominicales, alcabalas, hornos, castillos, puertos, puertas, carnicerías, salinas, oficios y regalías.
Cuando el Rey entrega la totalidad de las jurisdicciones, véase CONCESIONES REALES DE JURISDICCION TERRITORIAL.