Real provisión de Carlos III, por la que se dispone que todas las tierras labrantías propias de los pueblos y las baldías o concejiles que se rompiesen o labrasen en la provincia de Badajoz, se dividan en suertes y se tasen, y que se repartan entre los vecinos mas necesitados.
PRIEGO,C.16,D.25
1766-05-02
Unidad Documental Simple
ES.45168.AHNOB//PRIEGO,C.16,D.25
Archivo Histórico de la Nobleza 86. Archivo de los Condes de Priego 86.1. Condado de Priego COLECCIONES Impresos
Condado de Priego
Digitalizado