Expediente sobre rentas y gastos de la ciudad de Manila
FILIPINAS,28,N.149
1686-06-19
Unidad Documental Compuesta
ES.41091.AGI/24//FILIPINAS,28,N.149
Archivo General de Indias Gobierno Audiencia de Filipinas Cartas y expedientes del cabildo secular de Manila
Consejo de Indias (España)
Memorial de Juan Quijano, procurador general de Manila, presentando una carta de dicha ciudad y unas certificaciones de rentas y gastos de ella, para ilustrar que sus propios sólo importan al presente 4.772 pesos por haber disminuido el Parián de los sangleyes, siendo los gastos anuales de más de 5.000 pesos. Suplica que se haga merced a la ciudad de dos encomiendas que están vacas y que se mande que en las fiestas reales no se pueda gastar más de 2.000 pesos, y no más de 1.000 en el recibimiento a gobernadores.
Acompaña:
- Carta de la Audiencia de Manila: Juan de Vargas Hurtado, Diego Calderón y Serrano, Diego Antonio de Viga y Pedro Sebastián de Bolívar y Mena, suplicando que se conceda a esa ciudad la merced de la encomienda de Mindoro u otra que esté vacante, por la escasez de sus rentas. Manila, 25 de junio de 1684.
- Informe de la Secretaría para el expediente de la ciudad de Manila:
tributo que paga cada indio de Filipinas y cómo se distribuye su procedido, e imposibilidad de verificar lo que importan los propios y gastos de Manila, salvo una certificación de 1654 y otra actual, de las que se deduce que los gastos exceden a las rentas.
- Certificación de gastos de la ciudad de Manila en 1654, y rentas y gastos de 1680; cantidades que están situadas en las rentas de bienes de propios en 1684.
- Carta de la ciudad de Manila: Juan Antonio Pimentel, Luis de Morales Camacho, Francisco de Ocampo, Cristóbal Romero, Antonio Vázquez, Alonso de Ponte y Andrade, Francisco de Atienza Ibáñez y Gonzalo Samaniego, pidiendo que se haga merced a dicha ciudad de dos encomiendas, y que se ordene que en las fiestas reales no se pueda gastar más de 2.000 pesos y no más de 1.000 en el recibimiento de gobernadores. Manila, 24 de junio de 1684.
- Decreto de la Cámara denegando la petición de encomiendas y concediendo la limitación en los gastos arriba señalados, y encargando que la ciudad discurra otros medios para engrosar sus propios, con aprobación del virrey de Nueva España. Cámara, 8 de julio de 1686.