Información sobre diferencias por la jurisdicción eclesiástica
FILIPINAS,84,N.30
1582-04-20
Unidad Documental Compuesta
ES.41091.AGI/24//FILIPINAS,84,N.30
Archivo General de Indias Gobierno Audiencia de Filipinas Cartas y expedientes de personas eclesiásticas
Consejo de Indias (España)
Traslado de una información hecha por el obispo de Filipinas sobre ciertas palabras de Francisco Manrique, prior del convento de la Orden de San Agustín de Manila, en perjuicio de la jurisdicción eclesiástica. Había dicho que el obispo no tiene jurisdicción fuera de dos dietas, veinte leguas, de donde su silla o vicario fuere. (Cat. 2775)
Acompaña:
- Otro traslado de dicha información. Manila, 19 de junio de 1582.
Digitalizado