Duplicados de Intendentes del Ejército y de Real Hacienda

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Duplicados de Intendentes del Ejército y de Real Hacienda

Signatura:

SANTO_DOMINGO,2612

Fecha Formación:

1788  -  1795

Nivel de Descripción:

Fracción de Serie-Unidad de Instalación

Código de Referencia:

ES.41091.AGI/24//SANTO_DOMINGO,2612

Situación en el cuadro de clasificación del archivo

Contexto

Historia Archivística:

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Duplicados de Intendentes de Ejército y Real Hacienda. 1788-1795
1) Cartas con índice de Martín Navarro a Antonio Valdés, n.º 52-79. Nueva Orleáns 2 marzo 1788-3 mayo 1788. Falta carta e índice n.º 65. (1-97)
2) Indices de Francisco Rendón a Eugenio de Llaguno n.º 1, 2. Nueva Orleáns 20 septiembre- 5 noviembre 1794. (98-99)
3) Cartas con índices de Francisco Rendón a Diego de Gardoqui, n.º 1-20; 32-60; 69; 82-94. Habana. 5 julio 1794- Nueva Orleáns 30 noviembre 1795. (100-684)
4) Cartas reservadas con índices de Francisco Rendón a Diego de Gardoqui, n.º 1-9. Nueva Orleáns 26 agosto 1794-30 noviembre 1795. (Falta índice n.º 1, 4, carta e índice n.º 3). (685-793)
INDICES DE REMISION DE DOCUMENTOS
N.º 52.- Da cuenta del socorro embiado al Fuerte de Natchez con motivo de los recelos que se tienen de un próximo ataque, que proyecta un partido americano que se forma en el Rio Tenesi, y pide que se den a México las ordenes correspondientes para que las remesas de plata con destino al situado de dicha Provincia se practiquen con la devida anticipación.
N.º 53.- Remite el Estado de los productos de cada Ramo de Real Hazienda de la Plaza de Panzacola sus cargas y liquido sobrante, correspondiente al año de 1786.
N.º 54.- Acompaña las relaciones de los desquentos echos en el año de 1787 a favor del Monte Pio Militar y los recivos de las pensiones satisfechas a las viudas que tienen derecho a el.
N.º 55.- Que observara la Real Orden de 30 de Octubre ultimo sobre la provision de empleos interinos, ya de los que nuevamente se crean, como de los que vacan por muerte o promoción de los que los sirven.
N.º 56.- Queda enterado de las declaraciones que comprende la Real Orden de 11 de Noviembre próximo pasado sobre el despacho de varios negocios que respectivamente corresponden a las dos Secretarias de Estado y del Despacho Universal de Indias.
N.º 57.- Dara cumplimiento a la Real Orden de 11 de Noviembre ultimo por la que se le previene forme una cuenta de los gastos que pueda haver tenido el Clerigo Mr. Chambon de la Tour en el tiempo que inculpablemente se detubo en la Nueva Orleans y remita su importe a entregar en Cadiz en la Depositaria del Tribunal de la Contratación.
N.º 58.- Contesta a la Real Orden de 20 de Noviembre para que en lo sucesivo no se concedan por ningun pretexto gratificaciones ayudas de costa a los Ministros y Empleados en los oficios de Real Hazienda de Indias.
N.º 59.- Dice que ocurrirá con sus ideas y proyectos al Capitan General interino D. Jose de Ezpeleta. Nueva Orleáns 2 mar. 1788
N.º 60.- Hace presente que antes del recivo de la Real Orden de 3 de Diciembre del año ultimo havia dispuesto el pago en plata fuerte de la cantidad que existia en deposito perteneciente a los herederos del Caballero Noyant de Bienville.
N.º 61.- Que en los embios de Caudales con destino a la Real y distinguida Orden de Carlos 3.º observará lo que se le previene en Soberana disposicion de 4 de Diciembre proximo pasado.
N.º 62.- Avisa que queda enterado del sueldo con que se ha dotado la segunda ayudantia de Panzacola por la reforma de los dos empleos de Sargento Mayor y Primera, de dicho destino.
N.º 63.- Que ha recivido la Real Orden de 14 de Diciembre ultimo mandando se observe la de 16 de Agosto sobre los embios desde España de los generos y efectos para regalos y comercio de indios.
N.º 64.- Acompaña la representacion de los habitantes americanos del Puesto de Natchez acerca del cultivo del Tavaco en manojo prensado en toneles para la labor del rapé y expone las razones que le han obligado a ofrecerles por este el precio de veinte y cinco maravedies de plata que es el mismo a que se paga cada libra del andullo. Nueva Orleáns 7 mar. 1788
N.º 66.- Representa sobre la disposición que ha dado de que se trasladen los caudales de S.M. al antiguo almacen de polvora fabricado con ladrillo para ponerlos al abrigo del fuego; que se construyese un cuerpo de guardia para custodiarlos, y de haberse pasado los papeles de las Oficinas de la Contaduria y Tesoreria de Exercito a las Casas de morada de sus respectivos Gefes con cuyo motivo informa acerca del alquiler que considera debe abonarseles por esta razon.
N.º 67.- Da cuenta del aviso que ha tenido de que en uno de los establecimientos americanos del Ohio se falsea la moneda de papel que circula en dicha Provincia y de las precauciones que ha tomado para prevenir su introducion en ella y renueva la solicitud de que se embien caudales para retirarlo.
N.º 68.- Comprehende dos Estados de los productos de cada ramo de Real Hacienda, sus cargas y liquido sobrante perteneciente al año proximo pasado.
N.º 69.- Manifiesta las razones que le han estimulado a crear la Plaza de Guarda Almacen de Tabacos y nombrar para que le sirva a Don Ignacio Dominguez sin sueldo alguno hasta la aprovación de S.E.
N.º 70.- Dirige el Estado de los tabacos remitidos en el presente año al Puerto de Veracruz.
N.º 71.- Acompaña la liquidación de el importe de las cantidades de dinero y raciones suministradas en la ultima guerra a los prisioneros ingleses y estancias de hospitalidad que causaron .
N.º 72.- Incluye la certificación del descuento de la 3ª parte del haber del Sargento mayor que fue de Panzacola D. Francisco Bonet, practicado por aquellos oficios de Real Hacienda hasta el dia de su fallecimiento conseqüente a la Real Orden de 16 de Julio ultimo
N.º 73.-Remite un memorial de Pedro Visoso solicitando el nombramiento de Maestro mayor de calafate.
N.º 74.- Contesta que quando se presente el Apoderado de la Condesa Viuda de Galvez dispondrá se le abone el alcance que resulte a su favor por los sueldos que devengo su marido como Capitán General de dicha Provincia. N.º 75.- Avisa haber pasado a informe de la Contaduría principal de Exercito la instancia de la Condesa de Galvez sobre el pago de las cantidades que expresa y que de sus resultas dará cuenta como se le previene en Real Orden de 9 de Enero.
N.º 76.- Que se practicará el descuento correspondiente al Subteniente Don Basilio Arredondo por los 20 pesos mensuales que se le están suministrando por los oficios de Andalucia.
N.º 77.- Participa quedar enterado que en la vacante de la Contaduria principal de Ejercito por ascenso o salida del que actualmente la obtiene deberá colocarse al Oficial Real D. Juan Ventura Morales.
N.º 78.- Que ha inteligenciado a Francisco Montero artillero de las Compañias de la dotación de la Havana haber resuelto S.M. se la abonen por aquellas Reales Caxas los invalidos que obtiene.
N.º 79.- Dirige un memorial del Tesorero de Exercito D. Vicente Nuñez solicitando se le abone el sueldo asignado a su empleo. Nueva Orleáns 3 mayo 1788.
INDICES DE REMISION DE DOCUMENTOS Indice de Oficios en que el Intendente de Exercito y Provincia de la Luisiana D. Francisco Rendón, da parte al Exmo. Sr. Don Eugenio de Llaguno, Secretario de Estado y del Despacho Universal de Gracia y Justicia.
N.º 1.- Avisa haberse encargado en 1.º de septiembre de la Intendencia General de aquellas Provincias que con los honores de Exercito ha merecido a la piedad de S.M. Nueva Orleáns 20 sep. 1794.
N.º 2.- Contestando la Real Orden de 15 de Abril proximo pasado previene lo resuelto por S.M. acerca de la Casa que actualmente ocupan los Capuchinos de aquella capital y la reedificación que manda se haga en las casitas a que provisionalmente deben pasar interin construye Don Andres Almonester la Curial que tiene ofrecida, acompaña copia del oficio que este le ha pasado asegurandole la principiará inmediatamente sobre cuyo contenido reflexiona para no vsar de dichas casitas. Nueva Orleáns 5 nov. 1794 INDICES DE REMISION DE DOCUMENTOS Indice de la representacion que hace a S.M. el Intendente de Exercito de la Provincia de la Luisiana D. Francisco Rendón. El Intendente de la Provincia de la Luisiana pide a V.E. Real Orden para establecer la Cuenta en la Contaduria y Tesoreria de Exercito de la Nueva Orleans en los mismos terminos que se lleba en la Contaduria principal de la Havana. Habana 5 jul. 1794. Indice de los Oficios que el Intendente de la Luisiana D. Francisco Rendon escribe al Exmo. Sr. D. Diego de Gardoqui Secretario de Estado y del Despacho Universal de Hacienda.
N.º 2.- Participa su llegada al Nuevo Orleans el 5 de Agosto, y que por no haber encontrado casa para su alojamiento y colocación de las oficinas ha suspendido tomar posesion de la Intendencia hasta el 1.º de Septiembre que vivira la que le estan preparando, da las razones que motivan la escasez y carestia de las casas y pide a S.M. que en esta atencion mande se paguen por sus Reales Caxas los quinientos pesos que excede el alquiler de los setecientos que se le han señalado los quales procurará ahorrar en otros Ramos.
N.º 3.- Propone para Secretario de la Intendencia a D. Cayetano Valdes Oficial primero de la Secretaria de Gobierno por ser sugeto en quien se unen todas las circunstancias para el desempeño de dicho encargo. Acompaña copias del Oficio que paso al Gobernador pidiendole a dicho Valdes, y de la contestacion de aquel Xefe franqueandoselo. Suplica a S.M. que en atencion a que el citado Oficial goza en su destino seiscientos pesos tenga a bien continuarselos en la Secretaría de Intendencia sin que sirva de regla este aumento para otro que le suceda. Nueva Orleáns 26 ago. 1794.
N.º 4.-Informa haber tomado posesion de la Intendencia el 1.º de Septiembre e inclluye el documento que lo acredita.
N.º 5.- Da cuenta de haber hecho trueque de la goleta San José por otra mayor que le propuso el Gobernador para conducir viveres, municiones, a los quatro puestos de Movila, Tombecbé, Confederacion y el Tinza mediante a que la primera se hallaba inutil por vieja y podrida y que con el gasto que debia erogarse en su carena ha adquirido S.M. un buque mucho mayor y en estado de hacer el servicio, como consta de los oficios que acompaña.
N.º 6- Participa haver condescendido con el Gobernador en que se componga el Malecon del Fuerte de Placaminas que los dos huracanes del 10 y 31 de Agosto habia destruido segun consta de los Oficios y sus contextaciones que incluye.
N.º 7.- Informa los vrgentes motivos que le determinaron a mandar construir un espolon en el Estero de Mardigras contiguo al Fuerte de Placaminas para la seguridad de los buques del Rey y defensa del pais segun consta de los oficios que acompaña.
N.º 8.- Acompaña copia del oficio que le paso el Gobernador instruyendole del deplorable estado en que los dos huracanes del 10 y 31 de Agosto habian reducido la galera la Luisiana y que en la alternativa de abandonarla o repararla se determino a lo primero para ahorrar a S.M. el gasto doble de la construcción de otra, debiendo costar solo al Rey lo mismo que la carena de la nombrada la Victoria que por igual motivo dispuso componer su antecesor justificando esta determinacion los oficios que incluye del numero 1 al 6.
N.º 9.- Informa y acompaña los oficios que ha pasado al reconocedor de tabacos que se acopian de cuenta de S.M. y al Diputado de Comercio, a fin de que se haga el mas rigoroso examen de ellos para evitar los fraudes que desde Holanda le aviso D. Juan Ignacio de Gardoqui se hacian, a ver si por dicho medio se restablece el credito a este precioso ramo.
N.º 10.- Participa haber nombrado al Vicario Juez Eclesiastico de estas Provincias y a D. Antonio Argote sugetos de toda probidad e inteligencia para que examinen todos los impresos que se presenten en la Aduana a fin de evitar los perniciosos daños que estos ocasionan a la religion y al gobierno.
N.º 11.- Propone al Vicario Eclesiastico D. Patricio Walsh para Capellan del Real Hospital mediante a que presentemente sirve de interino dicha capellania por muerte del que lo era, ser muy capaz para su desempeño y ahorrarse el Rey los quarenta pesos de su dotacion mensual porque dicho presbitero la ofrece servir por los mismos que aora goza sin dicho encargo.
N.º 12.- Hace mencion de los descalabros sufridos por los dos huracanes de 10 y 31 de Agosto en las cosechas de añil, arroz, maiz y perdidas de quantas embarcaciones se hallaban en este Rio. Expone el deplorable estado de miseria en que ha quedado la Colonia por la ruina de su agricultura, e inaccion de su comercio, teniendo solo el precario socorro de algunos barquitos de los Estados Unidos, y pide que en atencion al presente estado del pais, tenga a bien S.M. modificar por el tiempo de la guerra los derechos de entradas con el fin de alentar los abatidos animos de estos negociantes y facilitar el comun alivio. Nueva Orleáns 16 sep. 1794.
N.º 13.- Acompaña el Proceso original seguido sobre el comiso de 46.560 1/2 pesos fuertes hecho en el Bergantin el Arca de Noe, despachado con Registro de frutos para Filadelfia expone haber juzgado conveniente al mexor seruicio suspender el curso de dicha causa por las gravisimas razones que representa en oficio reservado de la misma fecha n.º 2 contentandose con haber afianzado suficientemente dicha cantidad a favor del Real Fisco para en el caso de que S.M. no se digne acceder a la gracia del indulto que solicitan los interesados. Incluye testimonio de las diligencias incidentes obradas en averiguación de la conducta de los guardas que pudieron tener conocimiento del embarque de dicha plata y demuestra resultar implicados con manifiesta falta en el cumplimiento de sus obligaciones este Contador de Exercito primer denunciador y Gregorio Artacho que despues se declaró como tal ya porque se contradicen en sus aserciones, ya por evidenciarse de ellas que ambos de inteligencia con le fin de lograr mayor lucro en la parte del denunciante disimularon y aun favorecieron el fraude que sabian se estaba cometiendo sin aprehenderlo el primero como debia en calidad de guarda que es, y ocultando el segundo indevidamente al superior hasta el acto en que a deshoras de la noche despues salio el bergantin vino en persona a pedirle auxilio para la aprehension. De de cuya reserva perjudicial al mexor servicio y desconfianza injuriosa al Xefe a quien el contador debio instruir desde luego, se quexa el Intendente suplicando a S. E. le prescriba regla para los casos semejantes que puedan ocurrir e informa la irregularidad reprehensible conducta de dicho Contador odiado por ella de todo el publico y motivo que le ha inducido a hacer parecer como delator a Artacho su ahijado y Agente quien lexos de merecer parte alguna en el comiso es reo digno de castigo; el que no puede imponersele por ahora a fin de evitar que otros delatores ignorantes de los crimenes de este se intimiden con la pena que se le aplicase.
N.º 14.- Acompaña un Estado de las erogaciones que tubo la Real Hacienda el año pasado de 93 ascendiente a 886.875 pesos 2 reales sin embargo que la situacion de la Provincias no es mas que de 652.083 pesos 4 reales. N.º 15.- Informa que habiendo la Contaduria de Exercito descontado al Regimiento de Infanteria Fixo de la Luisiana 24.913 reales 2 maravedis importe del correage que segun Real Orden debe ser de quenta del mismo ha representado el Coronel reclamando esta suma segun consta por el Documento n.º 1 que acompaña a que no ha accedido hasta la resolucion de S.M. por las razones que expone la citada contaduria que tambien incluye numero 2.
N.º 16.- Remite copia de un oficio que le pasó el Gobernador Baron de Carondelet con una representacion de los habitantes del partido de Bonet-quarré en que imploran la Real Gracia para que a Don Antonio Peytavin le conceda S.M. la prorroga de dos años al pago de 16.000 pesos que de orden del Rey se le adelantaron para la construcción que impidiese las inundaciones de las aguas altas del Rio y que los tres huracanes del año proximo pasado y el presente le han atrasado la conclusión de dicha obra.
N.º 17.- Incluye copia de un oficio del Gobernador y Representacion de D. Bartolomé Tardiveau certificada del Comandante del Nuevo Madrid D. Tomas Portell que hacen ver los justos motivos que han impedido a dicho Tardiveau cumplir la condicion de la contrata que hizo con la Real Hacienda sobre el establecimiento de dos molinos para fabrica de harinas y pago de 5.000 pesos que debio hacer este año a cuenta de los 9.000 que se le adelantaron por el citado Gobernador de estas Reales Caxas.
N.º18.- Informa haberle trasladado a la viuda del Coronel Don Gilberto Antonio de St. Maxent la Real Orden de 28 de Mayo ultimo en la que S.M. no accede a su pretensión en el credito de 10.560 pesos que tiene sobre la Real Hacienda porque las actuales urgencias del Real Erario no lo permiten.
N.º 19.- Participa haber traslado a D. Carlos de Blanc de St. Denis Comandante de Natchitoches la Real orden por la que el Rey se digno concederle el grado y sueldo de Capitán de sus Reales Exercitos.
N.º 20.- Avisa de haber instruido al Baron de Carondelet Gobernador de aquellas Provincias haberse S.M. dignado concederle la continuacion de los seis mil pesos que gozaba sin exemplar a sus sucesores. Nueva Orleans 5 nov. 1794.
N.º 32.- Acompaña la representación que hace el Asesor de aquella Intendencia para que se revalide la declaración que hacen las instrucciones de Intendentes de Nueva España pues que el Contador de Exercito de aquella Provincia tienen declarado las ausencias o faltas del Intendente por Real Orden posterior a las instrucciones y antes que estas estubiesen alli establecidas. N.º 33.- Otra del Administrador de Rentas de aquella plaza para que se le declare el fuero de Real Hacienda a los empleados en la Administracion y a él, los honores de Comisario de Guerra o de Oficial Real.
N.º 34.- Otra del guarda almacen de viveres y fortificacion para el goce de sueldo entero pues no percibe mas que la mitad mediante a no haber dado la fianza prevenida en resguardo de su manejo.
N.º 35.- Incluye Estado que manifiesta el ingreso que han tenido aquellas Caxas en el año de 1794 por el unico conducto de la Aduana de derechos de importacion y exportación.
N.º 36.- Dirige las relaciones de lo descontado en el citado año de 1794 en favor del Monte Pio Militar tanto en aquella Plaza como en la de Panzacola con la que justifica las pensiones satisfechas.
N.º 37.- Ha hecho saber el decreto de S.M. por el que se separan de la asistencia a la Secretaria del Despaho de Hacienda, los Directores de su departamento de Indias, y cumplirá lo que se le previene acerca de la correspondencia.
N.º 38.- Cumplirá y hará cumplir lo prevenido en Real Orden de 1.º de Octubre de 1794 que resuelve se dé tratamiento de Señoria a los Intendentes de Provincia y no a los Contadores de Tribunales de Cuenta.
N.º 39.- Ha circulado el Real decreto de 29 de Agosto de 1794 por el que S.M. se sirve prevenir que ningun Ministro ni otro individuo goce de dos sueldos, aunque exerza distintos empleos. Nueva Orleáns 25 abr. 1795.
N.º 40.- Acompaña relacion de los comerciantes que sufrieron en el incendio, hace presente los motivos porque les ha concedido plazo para pagar los derechos: solicita se les perdonen los que correspondan a las mercancias quemadas; suplica se reduzcan los de 15 por ciento establecido ultimamente a los de seis que pagaban antes y que habiendo dado el Gobernador un año de plazo a todos los incendiados para el pago de sus deudas, cree serle indispensable ampliarle el mismo termino a los comerciantes para el pago de los efectos no quemados.
N.º 41.- Dice que por haber destruido los ultimos huracanes los plantios de tabacos como por la ninguna proporcion de almacenes para depositarlos le ha sido imposible la compra de las ciento veinte mil libras que debian enviarse a Cadiz en el año pasado; pero que si S.M. lo juzgase necesario comprará doble partida este año en caso que la cosecha se logre.
N.º 42.- Manifiesta haber hecho presente al Virrey de Mexico que siendo el situado de la Provincia de 537.869 pesos 4 reales 25 maravedies y el gasto en el año pasado de 864.126 pesos 6 reales y 13 maravedies quedando en descubierto aquellas Caxas en 211.088 pesos y 19 maravedies cuya diferencia la han ocasionado las indispensables erogaciones en fortificar la Provincia y otros extraordinarios inexcusables y suplica a S.M. se estrechen las ordenes al Intendente de la Habana para que se reintegren a la Luisiana 339.130 pesos 4 reales que le deben inclusos 100.000 pesos fuertes en plata fisica retenidos del situado del año de 88. Y al Virrey de Mexico para la pronta remision de los 294.562 pesos acordados por via de extraordinario para las fortificaciones que se han hecho en estas Provincias pues sin dichos auxilios no es posible responder a tantas atenciones.
N.º 43.- Expresa que para evitar las inteligencias que sospechó hubiese entre individuos del comercio y los ministros subalternos del Resguardo, tomó el partido de prevenir a los Capitanes de Embarcaciones que guardasen una exacta puntualidad en dar las declaraciones de quanto conducian amenazandoles que de no hacerlo le seria indispensable proceder con rigor al Comiso cuya providencia ha correspondido tan ventajosa a los intereses del Rey, que en el primer tercio de este año queda afianzada mayor suma por los derechos de Aduana que la total recaudada en todo el año anterior. Que en virtud de sus providencias, le declaro el Capitan de la fragata Tortola procedente de Londres traer una corta Pacotilla fuera de Registro que embarco a la vela, la que juzgó conveniente admitirsela con el pago de derechos, segun consta de la Relacion y Decreto que incluye baxo el numero 1. Que al propio efecto pasó oficio al Comercio baxo el numero 2 de que es adjunta copia previniendoles que a la entrada en este Rio todo baxel procedente de puertos extrangeros debian presentar al Comandante del Fuerte las facturas exactas de sus cargos; pero habiendole representado dicho comercio las razones de la Copia adjunta número 3 se conformó por ahora en que a la llegada de dichos barcos le presenten las facturas para que con arreglo a ellas se les despache en la Administracion de Rentas precediendo el mas riguroso examen.
N.º 44.- Incluye la contrata que en unión de aquel Gobernador ha celebrado con el Marques de Maison-Rouge emigrado francés, para el establecimiento de treinta o mas familias en las tierras del Ouachita con destino a la cultura del trigo, y ereccion de molinos para harina al respecto de cien pesos por cada familia que tenga un cultivador, de doscientos a las de dos cultivadores abastecerlas de viveres para pasar a aquel destino, desde qualquiera de los puertos de la provincia donde se presenten, y el flete del transporte de los utiles de labor que remitan por mar desde los Estados Unidos cuyo peso no ha de exceder de tres mil libras. Apoya el proyecto como muy util y poco dispendioso en comparacion del grande costo que tubieron las familias que vinieron en tiempo del Conde de Galvez de España e Islas Canarias, cuyo proyecto no tubo efecto y quedo gravadisimo el Erario sin lograr el fin que se prometia.
N.º45.- Incluye un Estado que manifiesta el total extraordinario causado en aquella Capital y puestos de las Provincias, tanto con motivo de sus fortificaciones como por otras urgencias, el qual demuestra el descubierto de 385.386 pesos que sufren aquellas Caxas por lo que se ha visto precisado a suspender todo pago que no sean sueldos, prest, gastos de hospitales y de indios, para subvenir a estos indispensables objetos con los cortos fondos que existen: reitera la suplica sobre que se mande a la Havana reintegrar lo que debe y que el Virrey de Mexico no demore la remesa del extraordinario.
N.º 46.- Avisa le llegaron los socorros de harina, medicinas, clavazon y herrage que pidio a la Havana y Veracruz como tambien los mil barriles de harina de Charlestown, que contrató con un comerciante de aquella Plaza y que habiendo abierto venta de dichos articulos al publico, han comprado parte de ellos llenos de gratitud, a igual precio del que cuesta al Rey.
N.º 47.- Acompaña copia del oficio por el que el Ingeniero Director de la Havana ha hecho nombramiento de un sobrestante mayor de Reales Obras que le propuso el Ingeniero extraordinario residente en la Provincia y tambien copia de la contestacion que le hizo rehusando la admision de este empleado por inutil, en atencion a que ni S.M. ha determinado se hagan obras ni la escasez de fondos lo permite, ademas que segun previenen las Reales Ordenanzas, falto aquel Ingeniero Director en acordar la asignacion de sueldo con la Intendencia, y si verdaderamente habia necesidad del dicho Sobrestante. Concluye con que el tal Ingeniero extraordinario está demas en la Provincia, supuesto que no tiene en que emplearse y que hay otro detalle, que el Gobernador le ocupa en visitar los puestos de interior del pais, y que en ello hace un buen servicio al Rey. Nueva Orleáns 25 abr. 1795 N.º 48.- Examinará las relaciones de los ramos de Real Hacienda, que dirigió al Ministerio se antecesor y con lo demás que le ocurra sobre el particular dará cuenta inmediatamente.
N.º 49.- Ha comunicado a Don Enrique White la gracia que S.M. se ha servido acordarle del mando en propiedad civil y militar de la plaza de Panzacola.
N.º 50.- Ha hecho saber a Don Cayetano Valdés, secretario de aquella Intendencia haberse S.M. dignado aprobar su empleo.
N.º 51.- Quedan enterados Don Josehp de Orue y Don Juan Ventura Morales, el primero de haberle S.M. concedido su jubilacion de Contador de Exercito, y el segundo en que lo suceda, debiendo ambos solicitar sus despachos respectivos.
N.º 52.- Ha hecho saber a aquel Gobernador haberse S.M. dignado mandar se le libren tres mil pesos fuertes para socorrer las familias que sufrieron en el último huracan. Nueva Orleáns 1.º jun. 1795
N.º 53.- Suplica a Su Excelencia examine la copia del oficio que escribió al Virrey de Nueva España, donde detalla el triste peligroso estado a que esta reducida la Provincia por falta de caudales, el incremento que toma el partido enemigo a medida que se aumenta la debilidad del gobierno, la indispensable erogacion en tener preparados los puestos, galeras y demas extraordinarios a la defensa de tan vasto pais, lo insuficiente que es el situado actual para responder a dichas atenciones y que no haciendo el citado Virrey la remision de este con toda puntualidad y agregandole un extraordinario con consideracion al gasto del año pasado, podran temerse consecuencias muy amargas pues en el dia deben las Reales Caxas al publico cincuenta mil pesos que no puede pagar.
N.º 54.- Informa substancialmente sobre la atroz conjuracion que habian concertado los negros esclavos del distrito de Punta Cortada a cincuenta leguas de la capital. Su designio de asesinar a todos los blancos exceptuando las mujeres jovenes: como fue descubierta esta conspiracion por uno de los complices; la celeridad con que el Gobierno sustanció la causa ahorcando veinte y tres y azotando y desterrando a presidio a los demas hasta el numero de cincuenta y siete de los mas notables y que sin embargo de dicho escarmiento hay mucho que recelar se suscite una rebelion y por consiguiente nunca es mas necesario los auxilios de tropa y caudales para la coservacion de la Provincia que en el dia pues se halla falta de uno y otro.
N.º 55.- Incluye con favorable informe la representacion que hace a S.M. el Secretario de la Intendencia Don Cayetano Valdés solicitando se le continuen los mismos seiscientos pesos de sueldo que gozaba como Oficial mayor de Gobierno, supuesto que habiendose cargado de dobles cuidados parece no debe sufrir la perdida de cien pesos por tener este encargo menor dotacion que aquel. Que si las gravisimas urgencias del Erario no pudiesen permitirlo quedará satisfecho el suplicante honrandole S.M. con los honores de Comisario de Guerra a que le hace acreedor su buena conducta y aplicacion al servicio.
N.º 56.- Recomienda a S.M. el particular merito que ha contraido Don Manuel Serrano Asesor general de la Intendencia en el diligentisimo laudable desempeño del importante encargo, que con su anuencia le confió el Gobernador a instancia del publico para subir al distrito de Punta Cortada a substanciar y sentenciar el proceso de la conspiracion de los negros esclavos; hace mencion de los demas servicios, el imminente riesgo a que expuso su vida y pide al Rey le distinga con los honores de toga, con antigüedad para que pueda disfrutarla en qualquiera de las Audiencias de America luego que se le confiera plaza efectiva.
N.º 57.- Acompaña un estado que formo de su orden la Contaduria de Exercito en que demuestra los empleados con sobresueldo o gratificaciones, ya de orden de Rey, y ya por disposicion de su antecesor en la Intendencia: expone las razones porque no los juzga comprehensivos en el Real decreto de 29 de Agosto de 1794: da a conocer el ahorro que resulta a la Real Hazienda gratificando aquellos con solo la mesa, en otras comisiones, y opina que solo al Comandante del Nuevo Madrid se le debe suprimir la gratificación por ser el solo que la goza de todos los puestos de la Provincia.
N.º 58.- Trata de un privilegio que el Sr. Conde de Lerena obtubo de S.M. por el termino de tres años para que un habitante del Kentucky Elisha Winters introdugese en la Capital partidas de cañamo en rama libres de derechos para establecer una fabrica de cordeleria. Que en efecto se le admitieron en dos partidas veinte y ocho mil libras manufacturó y vendió en la Plaza y en la Havana pero que habiendo expirado el termino de la Real Orden y llegado despues con otras veinte mil libres le ha obligado a dar fianza de los sesenta pesos a que asciende el derecho hasta que S.M. determine si le ha de conceder nueva prorroga y opina que es util al Rey y al publico la citada cordelería.
N.º 59.- Incluye las hojas de servicio de los empleados de Real Hacienda en aquellas Provincias hasta fin de Diciembre de 1794. Nueva Orleáns 15 jun. 1795 N.º 60.- Participa que a consecuencia de lo que comunicó en su reservado numero 4 se verificó la expedición para posesionarse de los Ecores de Margot donde pensaron los americanos establecerse: que acompaña copia de carta del Comandante de las galeras en que le da parte de haberse executado con consentimiento de la nacion Chicachá que estaban desmontado para construir el fuerte y que los indios habian cedido tres mil arpanes de tierra y otros provilegios, cuya favorable adquisicion dexa abierta la comunicacion con las demas posesiones de Ilinoa y Nuevo Madrid. Nueva Orleáns 17 jun. 1795
N.º 69.- Acompaña copia de un oficio que le pasó el Gobernador Baron de Carondelet, expresando los motivos que tuvo de celebrar la contrata con D. Bartholome Tardiveau y sus socios para el establecimiento de dos molinos de fabricar harinas: apoya sus razones: asegura no corre ningun riesgo el Rey en el adelanto hecho por la Real Hacienda mediante a la seguridad del fiador y suplica lo apruebe S.M. asi por la visible utilidad que resultará al pais, como porque el zelo, actividad y buena intencion del citado Gobernador se merecen dicha gracia. Nueva Orleáns 1º sep. 1795.
N.º 82.- Consecuentemente a lo prevenido en Real Orden de 9 de Junio de 1793 acompaña las tarifas que ha formado la Administracion de Rentas y el Comercio: apoya la de este por las razones que expone en su oficio de remision y las que hacen los comerciantes en el Acuerdo que incluye. Que importa al servicio del Rey quitar toda arbitrariedad a la Aduana para obviar continuos disgustos entre esta y aquel y porque asi ganará mucho el Fisco. Que siendo conforme con el Capitulo 21 de dicha Real Orden queda abolido el 40 por ciento que hasta ahora se aumentaba a los efectos no comprehendidos en el antiguo Arancel, mandando se hagan los avaluos de ellos, segun se juzguen mas arreglados no pudiendo ser el animo del Rey se recarguen las mercancias despues de justipreciadas por su justo valor, y pide la mas pronta decision de S.M. para que se establezca uno de los Aranceles que tenga a bien determinar.
N.º 83.- Acompaña Memoriales originales presentados por el Boticario y Practicante mayores de aquel Hospital Real, haciendo el primero de mision de su empleo y el segundo pretendiendo la vacante; solicita la Real aprobacion de la diferencia que ha tenido por la ventaja que resulta al Erario de veinte pesos mensuales como por los informes de los facultativos en favor de la capacidad y aptitud del pretendiente y lo que es mas la intriga que recela haya como justifica el documento numero 6 de la representacion numero 6 entre el Contador Orué, el Boticario Ocon y el Contralor Ramos por la abierta oposicion que este ha manifestado a esta disposicion tan util a la Real Hacienda.
N.º 84.- Incluye con buen informe la solicitud que hace D. Juan Tala Oficial 2.º de la Contaduria de Exercito de aquella Plaza para la vacante que resultará de Tesorero de Panzacola en caso que S.M. se digne atender a que el actual D. Francisco Courville pretende ser removido. Nueva Orleáns 10 oct. 1795
N.º 85.- Acompaña copias de quatro oficios de los Contadores de Exercito D. Joseph de Orué, Don Juan Ventura Morales, del Tesorero de Exercito Don Gilberto Leonard y del Oficial mayor de la Contaduria D. Enrique Darcantel que demuestran haberse segregado el primero de su empleo en virtud de haberle jubilado al Rey. La justa causa que ha impedido al segundo hacerse cargo de él: la determinacion para que despache interinamente el citado Oficial mayor y la Comisaria de Guerra y Fiscalia de Real Hacienda el Tesorero con arreglo a lo que prescriben las Instrucciones de Intendentes y posteriores Reales ordenes impetrando por todo la aprobacion de S.M.
N.º 86.- Participa que una goleta corsaria francesa se apoderó del puesto de la Valiza y casafuerte a la entrada de este Rio donde subsistio desde el 13 de Octubre hasta el 21 que le abandonó despues de haber pillado y destruido quanto consta en la relacion que acompaña y las difusas circunstancias que contiene el oficio del practico mayor de dicho puesto de que igualmente es adjunta copia. Suplica a S.M. le apruebe la gratificacion de quarenta pesos que dio a un marinero que con evidente peligro de su vida subio a la Ciudad a participar la noticia al Gobernador.
N.º 87.- Corrobora la instancia que hace a S.M. el Comisario de Entradas del Hospital Real para que se le suministre la racion como a los demas empleados mediante a ser la suya de media libra de pan menos que la de aquellos y no gozar mas que el reducido sueldo de veinte y cinco pesos mensuales.
N.º 88.- Incluye la contestacion que le hizo D. Juan Ventura Morales al oficio en que le transcribio la Real Orden de 10 de Julio ultimo por la que le declara S.M. la interinidad de la Intendencia.
N.º 89.- Representa el abandono en que se halla la cultura de tabacos en todos los puestos de la Provincia desde que S.M. limitó la compra a 120 mil libras del distrito de Natchitoches que aun lo cultiva porque su superior calidad encuentra venta en el comercio. Que sin embargo de haber despachado circulares a los Comandantes de los demas puestos para que baxen con las porciones que haya, cree verse en la necesidad de comprar las 200 mil libras que se le mandan remitir del citado Distrito de Natchitoches que es el unico que lo cultiva, aunque no podrá baxar hasta las crecientes de las aguas en el mes de Marzo, ofreciendo apurar todos los recursos para llenar la Soberana disposicion.
N.º 99.- Solicita la aprovacion del empleo de Guarda almacen del Puesto de los Nogales en favor de D. Miguel Morales que destinó a servir esta vacante por ser sugeto benemerito.
N.º 91.- Da cuenta de haber nombrado a D. Miguel Solivellas para guarda almacen del Puesto de San Fernando de las Barrancas, a doscientas sesenta leguas de la Capital e impetra la Real aprobacion por ser indespensable al mexor servicio.
N.º 92.- Queda impuesto haberse S.M. dignado ratificar el tratado de Paz con la Francia y que ha su consecuencia se habia vuelto a abrir la comunicacion y trato reciproco entre los vasallos de las dos potencias.
N.º 93.- Hara saber en la jurisdicción de su Intendencia la gracia que S.M. se ha dignado hacer al Exmo. Sr. Duque de la Alcudia titulandole Principe de la Paz.
N.º 94.- Ha hecho saber a aquellos Reales oficios haberse S.M. servido mandar sea lo mismo una certificación que un finiquito de los Tribunales de Cuentas para los individuos sugetos a entregarlas. Nueva Orleáns 30 nov. 1795

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Vicarios

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Viudas

Instrumentos de Descripción:

Descripción incluida en CATALOGO DE DOCUMENTOS DEL ARCHIVO GENERAL DE INDIAS. SECCION V,

Documentación Asociada

Soporte:

Microfilmado unidad microfilmada

 Notas

Notas:

Signatura antigua: SANTO_DOMINGO,87-1-22

Soporte y Volumen

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