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Expedientes para la emisión de dictámines

Archivo Histórico Nacional

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Expedientes para la emisión de dictámines

Fecha Formación:

1812  -  1814

Nivel de Descripción:

Serie

Situación en el cuadro de clasificación del archivo:

Archivo Histórico Nacional     2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS     2.3. Poder Ejecutivo     2.3.3. Administración General del Estado. Administración Consultiva     Consejo de Estado (1812-1814)     Secretaría de Gracia y Justicia, Propuestas y Gobernación

Contexto

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

El Consejo de Estado, según el artículo 236 de la Constitución de Cádiz, era "el único Consejo del Rey, que oirá su dictamen en los asuntos graves gubernativos, y señaladamente para dar o negar la sanción a las leyes, declarar la guerra, y hacer tratados". Además, según su Reglamento, el Consejo de Estado, debía aconsejar al Rey y al Gobierno "en todos los negocios en que la Constitución establece que necesariamente le haya de dar, y además en los asuntos graves gubernativos; entendiéndose ser de esta clase aquellos negocios de cualquier ramo que haya de resultar regla general de buen gobierno" (capítulo II, art. I) y "deberá darle también al Rey o a la Regencia en todo negocio en que se le pidiere su parecer. Desempeñará también la instrucción y consulta de aquellos expedientes gubernativos que el Rey o la Reina tuviere a bien cometerle, en la forma y por el tiempo que fuere de su agrado (capítulo II. art. II).

Nombre del/los productor/es:

Consejo de Estado (España. 1812-1814)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Esta serie está formada, por los expedientes que tramitaba el Consejo de Estado para emitir los dictámenes que se le pedía. Comienzan siempre con la remisión al Consejo por parte de la Secretaría de Estado y del Despacho correspondiente, generalmente la de Gracia y Justicia, de un expediente para que dictamine sobre él. En el expediente formado en el Consejo de Estado queda mayoritariamente el extracto del expediente remitido para emitir el dictamen, el informe de la comisión correspondiente del Consejo de Estado, normalmente la de Gracia y Justicia aunque también de la Comisión de Gobernación, y el borrador o minuta del dictamen.

Se sometieron a su dictamen asuntos como la rehabilitación de los empleados, el proyecto de ley de extinción de mayorazgos y vinculaciones, o lo que debía ser considerado como Patrimonio Real, junto a cuestiones de particulares.

Condiciones de Acceso y Uso

Índices de Descripción:

Documentación Asociada

Notas de Publicaciones:

ÁLVAREZ-COCA GONZÁLEZ, María Jesús. "Invasión francesa, Gobierno Intruso. Los fondos de la Guerra de la Independencia en el Archivo Histórico Nacional", Cuadernos de Historia Moderna. Universidad Complutense de Madrid, 37 (2012), pp. 201-255. (http://revistas.ucm.es/index.php/CHMO/issue/current/showToc)

Soporte y Volumen

33 Expediente(s) en Papel .