Causa nº 1722/1925 instruida contra la Sociedad Anónima Crédito de la Unión Minera, en la cual se procesa a Juan Núñez Anchústegui y otros, por estafa y otros delitos, en virtud de la denuncia realizada por los interventores nombrados en el expediente de suspensión de pagos de dicha empresa.
FC-TRIBUNAL_SUPREMO_RESERVADO,Exp.48
1925 - 1936
1901
Se corresponde con los antecedentes reunidos de la documentación de la sociedad.
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN//FC-TRIBUNAL_SUPREMO_RESERVADO,Exp.48
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.2. Poder Judicial Tribunal Supremo Sala de lo Criminal del Tribunal Supremo Procesos reservados de la Sala de lo Criminal del Tribunal Supremo
Tribunal Supremo (España)
Proceso instruido por la Sala de lo Criminal del Tribunal Supremo dada la condición parlamentaria de los acusados y a consecuencia de la denuncia de los interventores judiciales nombrados en el expediente de suspensión de pagos de la Sociedad Crédito de la Unión Minera por estafa de 49 millones de pesetas en el depósito de valores en custodia. El proceso consta de:
1. Rollo nº 1722/1925 instruido en virtud de las peticiones de Félix de Abasolo y Francisco y Luis de Ussía para que que se declare competente el Tribunal Supremo en la causa que contra ellos se sigue en el Juzgado del Distrito del Ensanche de Bilbao con motivo de la suspensión de pagos de la Sociedad Crédito de la Unión Minera.
2. Querella presentada por el procurador Antonio Puig Ruiz de Velasco en nombre de varios accionistas de la Sociedad del Crédito de la Unión Minera por estafa del Consejo de Administración de dicha sociedad.
3. Sumario nº 73/1925 instruido por el Juzgado de Instrucción del Distrito del Ensanche de Bilbao contra Juan Núñez Anchústegui y otros por un delito de estafa en la Sociedad Crédito de la Unión Minera.
4. Documentación intervenida por el Juzgado de Instrucción del Distrito del Ensanche de Bilbao a la Sociedad del Crédito de la Unión Minera.
Castellano. Mecanografiado, manuscrito e impreso.
Bueno
Varias de las hojas de las piezas y de la documentación suelta se encuentran rotas y dobladas.
FC-TRIBUNAL_SUPREMO_RECURSOS,178,Exp.1722
Contiene algunos sellos de cera.