Segregación del pueblo Puerto Real de Manzanillo de la villa de Bayamo
ULTRAMAR,4611,Exp.28
1833 - 1840
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,4611,Exp.28
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central Ministerio de Ultramar Gobierno de Cuba. Ministerio de Ultramar Administración local. Gobierno de Cuba Organización municipal y provincial Expedientes de agregaciones y segregaciones de terrenos y municipios
Ministerio de Ultramar (España)
Expediente de concesión del titulo de villa, independiente de la de Bayamo, al pueblo de Puerto Real de Manzanillo. Concedido el titulo por Real Cédula de 18 de agosto de 1833 y ante el incumplimiento de lo dispuesto en ella, el gobernador capitán general pide en 1837 que se le faculte para nombrar un teniente gobernador y un asesor letrado, para arreglar su escudo de armas y para lo demás que dispone la Real Cédula. La Secretaria del Despacho de Marina, Comercio y Gobernación del Ultramar, reclama los antecedentes conservados en el extinguido Consejo de Indias. Se autoriza al gobernador a todo lo solicitado excepto a nombrar el asesor, que debe ser de nombramiento real. Por Real Orden de 28 de octubre de 1838, se designa para este cargo a Joaquín de Galain, que renuncia a la plaza en 1840.
Expediente registrado en el año 1840 con el número 28.