Forma de expedir pasaportes a napolitanos y genoveses
ULTRAMAR,4613,Exp.25
1841
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,4613,Exp.25
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central Ministerio de Ultramar Gobierno de Cuba. Ministerio de Ultramar Orden Público. Gobierno de Cuba Expedientes de expedición de pasaportes
Ministerio de Ultramar (España)
Consulta del gobernador capitán general de Cuba, acerca del cumplimiento en la isla de la Real Orden de 14 agosto de 1840, relativa a la conducta que deben observar las autoridades españolas al visar los pasaportes de súbditos napolitanos. Se le responde que a los genoveses y napolitanos, no se les refrenden sus pasaportes, sino que se les expida otro, del mismo modo que hacen ellos con los españoles que se dirigen al Reino de las Dos Sicilias.
Expediente registrado en el año 1841 con el número 68.