Pleito de la justicia de Toro contra Bonifacio Casado, curtidor, botonero y tratante de pescado fresco, vecino de Tordesillas, por hurto, conducta desarreglada, amenazas y malos tratos a su mujer María Felipe Luna, faltando el respeto a la justicia y cometiendo otros excesos
SALAS DE LO CRIMINAL,CAJA 26,1
1800 - 1802
Unidad Documental Compuesta
ES.47186.ARCHV//SALAS DE LO CRIMINAL,CAJA 26,1
Se acusa a Bonifacio casado de varios delitos a lo largo de varias fechas, entre ellos haber faltado al respeto cuando fue reprendido por pegar a una hermana suya en público, haber hurtado cuatro libras de ternera de la pastelería de Juan Sánchez en Tordesillas, amenazar a su mujer, faltar el respeto a la justicia, mantener una conducta desarreglada... La causa se inicia de oficio por el corregidor de Toro el 2 de julio de 1800 y el 2 de agosto se remite testimonio de la misma al Gobernador y los alcaldes del crimen quienes, por auto de 6 de agosto, mandan que esa justicia determine la causa acumulando todas aquellas pendientes que estén relacionadas consultando a la Sala la sentencia definitiva. Tras esto, se descubren cinco causas pendientes desde el año 1788 contra el acusado y se acumulan al pleito (incluidas en la pieza 2): 1º Querella por malos tratos presentada por su mujer el 18 de abril de 1788 ante el Obispado de Valladolid pidiendo también la separación matrimonial. 2º Causa de oficio por malos tratos a su mujer iniciada el 13 de julio de 1788 por el corregidor de Tordesillas. 3º Causa de oficio por haber encontrado al acusado con un costal lleno de algarrobas y un macho cargado de cebada verde, iniciada el 30 de mayo de 1793 por el corregidor de Tordesillas. 4º Causa de oficio por desacato a la justicia, iniciada el de 1 de julio de 1798, por Agustín Alconero, alcalde de la Santa Hermandad de Tordesillas. 5º Testimonio de una causa de oficio por injurias iniciada el 18 de enero de 1782 por la justicia de Tordesillas. Tras acumularse todas estas causas pendientes, el corregidor de Toro dicta su sentencia definitiva el 3 de julio de 1801, y el 19 de agosto de 1801 la Sala de lo Criminal devuelve la sentencia para que se notifique a las partes y apelen si lo consideran antes de ejecutar la sentencia. Entonces el acusado se hace parte y apela de la sentencia ante el Gobernador y Alcaldes del Crimen, apelación que se admite por auto de 15 de septiembre de 1801. Por auto de la Sala del 26 de junio de 1802, se confirma la sentencia apelada condenando al acusado a cuatro años de destierro de Toro y al pago de todas las costas. Durante el desarrollo del pleito, la Sala de lo Criminal dicta un auto el 10 de julio de 1802 por el que priva de los derechos correspondientes a los alcaldes, oficiales de justicia y escribanos que formaron dos de las causas acumuladas por no cumplir adecuadamente con sus funciones de informar adecuadamente de todo lo sucedido, así como de firmar y autorizar todos los autos en el caso del alcalde, conminándoles a que, en lo sucesivo, tomen las oportunas precauciones. Pleito olvidado. Escribano Tomás Buchán Pulgar.
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Bueno
Falta parte de la cubierta de la pieza 1