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Pleito de Francisco Javier Laguna Alcalde Ordinario de la villa de Mota del Marqués (Valladolid). CONTRA Don Francisco Ruiz Wamba, sus hijos don Francisco y don Santiago; Juan Milán Alonso, su mujer Rita de Casas; Catalina Laguna, viuda; Juan Manuel Negro y consortes, vecinos de dicha villa sobre Acusarles de haber hurtado cuatro trozos de suela, de uno de los noques de Marcelino Gallego, don Francisco, sus hijos, Rita y su marido vendidos a Juan Manuel y Catalina. Suela que Marcelino tenía vendida a Pedro Merino Prieto, zapatero

Archivo de la Real Chancillería de Valladolid

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Pleito de Francisco Javier Laguna Alcalde Ordinario de la villa de Mota del Marqués (Valladolid). CONTRA Don Francisco Ruiz Wamba, sus hijos don Francisco y don Santiago; Juan Milán Alonso, su mujer Rita de Casas; Catalina Laguna, viuda; Juan Manuel Negro y consortes, vecinos de dicha villa sobre Acusarles de haber hurtado cuatro trozos de suela, de uno de los noques de Marcelino Gallego, don Francisco, sus hijos, Rita y su marido vendidos a Juan Manuel y Catalina. Suela que Marcelino tenía vendida a Pedro Merino Prieto, zapatero

Signatura:

SALAS DE LO CRIMINAL,CAJA 387,2

Fecha Creación:

1804  -  1807

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Compuesta

Código de Referencia:

ES.47186.ARCHV//SALAS DE LO CRIMINAL,CAJA 387,2

Situación en el cuadro de clasificación del archivo:

Archivo de la Real Chancillería de Valladolid     Real Audiencia y Chancillería de Valladolid     Salas de lo Criminal     Escribanía de Liébana Mancebo     Pleitos olvidados de la escribanía de Liébana Mancebo

Contexto

Nombre del/los productor/es:

Real Audiencia y Chancillería de Valladolid (España). Salas de lo Criminal. Escribanía de Liébana Mancebo

Condiciones de Acceso y Uso

Índices de Descripción:
Estado de Conservación:

Bueno

 Notas

Notas:

Pleito criminal. Escribano Agustín de Pedrosa Abad. La causa de oficio se inicia el 23-1-1804 y el 4-2-1804 el Alcalde Laguna remite testimonio de la misma al Gobernador y Alcaldes del Crimen de la Real Audiencia y Chancillería de la ciudad de Valladolid que por auto de 9-2-1804 dicen que esta justicia siga, instancie y determine la causa que expresa con la mayor actividad y brevedad, obrando conforme a derecho, consultando con la Sala la determinación definitiva por mano del Fiscal.
El Alcalde Mayor de dicha villa don Basilio García Manrique, da sentencia que es consultada con los autos de la causa al Gobernador y Alcaldes del Crimen que por auto de 20-8-1804 devuelven los remitidos en consulta para que ponga en ejecución la sentencia por él dada, que en parte es confirmada y en parte revocada.
Después de sentenciada la causa, Juan Milán quebranta la prisión fugándose de la cárcel de la mencionada villa de lo que da cuenta el Alcalde Mayor García Manrique el 6-9-1804. El mismo José Milán se dirige a Su Majestad exponiendo su caso y por carta orden del Secretario de Estado y del Despacho Universal de Gracia y Justicia de 11-8-1807 se remite el memorial presentado por Juan Milán al Gobernador de las Salas del Crimen de la Real Audiencia y Chancillería para que informe lo que le condenó, informe que da la Sala primera, el 25-8-1807.
El Gobernador y Alcaldes del Crimen dan auto el 22-9-1807 mandando cumplir la Carta Orden de 18-9-1807, contestación al informe solicitado.
Don Francisco Ruiz Wamba en persona, quebranta la prisión, en la Real Audiencia y Chancillería.

Soporte y Volumen

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