Tratado de Lisboa entre España y Portugal firmado el 13 de febrero de 1668.
1650-01-31 - sm 1668-02-13
Subserie
Archivo Histórico Nacional 1. INSTITUCIONES DEL ANTIGUO RÉGIMEN 1.1. INSTITUCIONES DE LA MONARQUÍA Consejo de Estado Tratados internacionales Tratados internacionales suscritos por España.
Consejo de Estado (España. 1521-1834)
El tratado de Lisboa de 1668 fue un acuerdo de paz concertado entre España y Portugal con la intermediación de Inglaterra, mediante el cual se ponía fin a la guerra de separación de Portugal iniciada en 1640. Supuso el reconocimiento oficial por parte de España de la nueva dinastía portuguesa.
En la firma del tratado, llevada a cabo el 13 de febrero de 1668 en el convento de San Eloy de Lisboa intervinieron, por la parte española, Gaspar de Haro y Guzmán (marqués del Carpio), en nombre de Mariana de Austria, reina regente de España durante la minoría de edad de Carlos II. Por la parte portuguesa, en nombre del rey Alfonso VI de Portugal, participaron Nuno Alvares Pereira, Vasco Luis da Gama, Joao da Silva, António Luís de Meneses, Henrique de Sousa Tavares da Silva y Pedro Vieira da Silva. Ambos países aceptaron la presencia e intermediación de Edward Montagu, I conde de Sandwich, en nombre del rey Carlos II de Inglaterra.
Como consecuencia del tratado se acordó lo siguiente:
- Cese en las hostilidades y compromiso de paz perpetua.
- Restitución mutua de las plazas tomadas durante la guerra, devueltas al estado en que se encontraran antes de ésta; Ceuta quedaría excluída de este punto, siendo devuelta a España.
- Libertad de circulación y de comercio para los súbditos de ambos países en el país vecino.
- Amnistía para los prisioneros tomados por ambos bandos durante la guerra.
- Restitución a sus dueños originales de las propiedades tomadas durante la guerra.
- Portugal sería libre de formar alianzas con quien quisiera.