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Requisitos para que la correspondencia oficial de Ultramar goce de franquicias

Archivo Histórico Nacional

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Requisitos para que la correspondencia oficial de Ultramar goce de franquicias

Signatura:

ULTRAMAR,4625,Exp.7

Fecha Formación:

1845  -  1846

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Compuesta

Código de Referencia:

ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,4625,Exp.7

Situación en el cuadro de clasificación del archivo:

Archivo Histórico Nacional     2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS     2.3. Poder Ejecutivo     2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central     Ministerio de Ultramar     Gobierno de Cuba. Ministerio de Ultramar     Comunicaciones. Gobierno de Cuba     Correos     Expedientes de franqueo de la correspondencia

Contexto

Nombre del/los productor/es:

Ministerio de Ultramar (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

El ministro de la Gobernación de la Península remite al de Marina, Comercio y Gobernación de Ultramar, copia de los artículos 2º y 8º del Real Decreto de 3 de diciembre de 1845 fijando los requisitos necesarios para que, la correspondencia remitida a la Península por las autoridades de Cuba y Puerto Rico, pueda gozar de franquicias sea cual fuere el conducto por el que se dirigen.

Condiciones de Acceso y Uso

Índices de Descripción:

 Notas

Notas:

Expediente registrado en el año 1846 con el nº 53

Soporte y Volumen

6 Documento(s) .  + 2 Duplicados.