Expediente sobre traslado a Vigán del obispo de Nueva Segovia
FILIPINAS,293,N.79
1756-06-20 - 1756-06-20
1757 - 1758
Unidad Documental Compuesta
ES.41091.AGI/24//FILIPINAS,293,N.79
Archivo General de Indias Gobierno Audiencia de Filipinas Cartas y expedientes de los obispos sufragáneos
Consejo de Indias (España)
- Extracto. Sin fecha. - Carta de Juan de la Fuente Yepes, obispo de Nueva Segovia, dando cuenta, con testimonio, de las diligencias evacuadas con los alcaldes mayores que han sido de las provincias de Ilocos y Cagayán, e informes de los provinciales, sobre la utilidad que resultaría el traslado de la catedral y sede episcopal de Nueva Segovia, situada en Lalo, provincia de Cagayán, al pueblo de Vigán, en la provincia de Ilocos, u otro paraje más acomodado, por hallarse el referido sitio de Lalo desamparado de habitantes. Manila, 20 de junio de 1756. Acompaña: - Testimonio del expediente formado a representación de Juan de la Fuente Yepes, obispo de Nueva Segovia, sobre que se transfiera y remueva la catedral desde la provincia de Cagayán a la de Ilocos. Manila, 26 de abril de 1756. - Carta de Pedro Manuel de Arandia, gobernador de Filipinas, dando cuenta, con testimonio, de la instancia de Juan de la Fuente Yepes, obispo de Nueva Segovia, sobre trasladar la catedral de dicho obispado, desde el pueblo de Lalo, provincia de Cagayán al de Vigan o Villa Fernandina, cabeza del partido de la provincia de Ilocos, por las razones y fundamentos que expone. Manila, 7 de julio de 1756. Acompaña: - Testimonio del expediente formado a representación de Juan de la Fuente Yepes, obispo de Nueva Segovia, sobre que se transfiera y remueva la catedral desde la provincia de Cagayán a la de Ilocos. Manila, 26 de abril de 1756. - Informe del fiscal. Madrid, 18 de abril de 1758. - Minuta de consulta del Consejo de Indias sobre la representación del obispo de Nueva Segovia que pide licencia para trasladar su silla episcopal del pueblo de Lalo al pueblo de Vigán, también llamado Villa Fernandina, y darle el título de ciudad así como de lo informado por el gobernador de Filipinas a favor de esta pretensión, proponiendo que se acepte la instancia del obispo y que se prevenga al gobernador que los casos que en adelante ocurra con esta importancia los consulte con la Audiencia, dando noticia a ésta de lo que se resuelva. Consejo, 26 de mayo de 1758.
Digitalizado
1756:- Nº 17 del inventario de Lorenzo Tomás Simonel. V. FILIPINAS,602