Sobre que los belgas enfermos sean auxiliados por las casas de Beneficencia
ULTRAMAR,4649,Exp.46
1856
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,4649,Exp.46
Archivo Histórico Nacional
2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS
2.3. Poder Ejecutivo
2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central
Ministerio de Ultramar
Gobierno de Cuba. Ministerio de Ultramar
Orden Público. Gobierno de Cuba
Comunicaciones con el Ministerio de Estado
Ministerio de Ultramar (España)
El gobernador capitán general de Cuba comunica al ministro de Estado que ha dejado en suspenso, por no haberse recibido por conducto de la Dirección de Ultramar, la aplicación de la Real Orden circular de 24 de septiembre de 1856, que le fue remitida por el ministro de la Gobernación, mandando que se asista a los súbditos belgas enfermos en los ayuntamientos y establecimientos de Beneficencia de la isla.
Expediente registrado en el año 1857 con el nº 47