División de la isla de Cuba en cuatro distritos consulares
ULTRAMAR,4651,Exp.64
1857 - 1859
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,4651,Exp.64
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central Ministerio de Ultramar Gobierno de Cuba. Ministerio de Ultramar Orden Público. Gobierno de Cuba Comunicaciones con el Ministerio de Estado
Ministerio de Ultramar (España)
El ministro de Estado traslada una nota del ministro plenipotenciario de los Estados Unidos, quejándose de no ser admitido como cónsul general en Cuba, salvo a título honorífico, por lo que no puede nombrar vicecónsules o agentes consulares. Con este motivo se encarga al gobernador capitán general que divida la isla en cuatro distritos consulares con cabeceras en La Habana, Matanzas, Santiago de Cuba y Trinidad. Se aprueba la división por Real Orden de 19 de septiembre de 1859.
Expediente registrado en el año 1858 con el nº 66