Autorización para multar a buques de pasajeros sin médico a bordo
ULTRAMAR,4658,Exp.84
1859
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,4658,Exp.84
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central Ministerio de Ultramar Gobierno de Cuba. Ministerio de Ultramar Beneficencia, Sanidad y Establecimientos penales. Gobierno de Cuba Sanidad Sanidad marítima
Ministerio de Ultramar (España)
El gobernador capitán general de la isla de Cuba, pide autorización al ministro de la Guerra y Ultramar, para poder imponer gubernativamente hasta 800 pesos de multa a los buques que conduzcan más de cuarenta pasajeros o setenta miembros de tripulación sin llevar médico a bordo.
Expediente registrado en el año 1859 con el nº 228