Expediente sobre el franqueo previo de la correspondencia de Ultramar (Continuación)
ULTRAMAR,4668,Exp.3
1855 - 1860
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,4668,Exp.3
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central Ministerio de Ultramar Gobierno de Cuba. Ministerio de Ultramar Comunicaciones. Gobierno de Cuba Correos Expedientes de franqueo de la correspondencia
Ministerio de Ultramar (España)
Circular de la Dirección General de Correos dirigida en 26 de junio de 1855 a las Administraciones del ramo de la Península, para evitar las dudas que puedan surgir por las alteraciones hechas en el Real Decreto de 18 de diciembre de 1854, con respecto al de 1 de septiembre del mismo año, sobre el franqueo previo de la correspondencia. Incluye un ejemplar impreso.
El gobernador de Filipinas da cuenta de la aplicación en el Archipiélago del citado Real Decreto 18 de diciembre, sobre el franqueo de la correspondencia por medio de sellos.
Real Decreto de 6 de mayo de 1856, estableciendo el franqueo previo obligatorio en las provincias de Ultramar.
El gobernador capitán general de Puerto Rico informa sobre el franqueo de los periódicos que se remiten a la Península. Opiniones de los gobernadores de Cuba y Filipinas sobre este asunto.
Por Real Orden de 5 de marzo de 1858 se pide a los gobernadores de Ultramar, que informen acerca de la conveniencia de aumentar al doble las tarifas del porte de correspondencia con la Península. Respuestas de Cuba y Puerto Rico.
REGULAR
Expediente registrado en el año 1860 con el nº 87