Carta de privilegio y confirmación de los Reyes Católicos al Concejo de la Mesta, protegiendo a los pastores y ganados del reino.
DIVERSOS-MESTA,235,N.29
1489-05-26 , Jaén
1273-09-02
Fecha del documento inserto mas antiguo.
Unidad Documental Simple
ES.28079.AHN//DIVERSOS-MESTA,235,N.29
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Contiene las siguientes confirmaciones:
a) Alfonso X dados en:
- Gualda, el 02-09-1273, para que exista avenencia entre todos los pastores de la Mesta; concediendo facultad a los pastores para cortar madera; ordenando castigar los daños cometidos contra pastores y delimitando la extensión de las dehesas; y eximiendo a los pastores del pago de portazgo y montazgo.
- Zamora, el 03-01-1284, multando a los que labren y cierren las cañadas y hagan dehesas sin la autorización del rey.
- Toledo, el 04-02-1276, permitiendo a los pastores comprar pan y viandas que necesiten para sus cabañas.
b) Alfonso XI, dada en Villarreal el 17-01-1347, tomando bajo su protección los ganados del reino.
c) Juan I, dado en Burgos el 21-06-1379, sobre registro de caballos, yeguas y potros de los pastores.
d) Juan II, dados en:
- Burgos en octubre de 1441, ordenando a los pastores el cumplimiento de las ordenanzas de la Mesta.
- Toro, el 02-01-1442, estableciendo que los arrendadores del servicio y montazgo real se presenten personalmente en los puertos para percibir dichos derechos.
- Valladolid, el 20-07-1415, mandando a los alcaldes entregadores que no consientan que los miembros de la Mesta sean estorbados mientras se celebran las reuniones del Concejo.
- Tordesillas, el 20-11-1446, sobre el cumplimiento de las ordenanzas del Concejo.
e) Enrique IV, dado en Madrid el 20-05-1462, para que los alcaldes entregadores delimiten las cañadas y pasos de ganado según lo contenido en los privilegios reales.
f) Ley hecha en las Cortes de Toledo de 1480, eximiendo a los ganados del pago de tributos excepto del servicio y montazgo real, que debe recaudarse en ciertos puertos.
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Castellano. Letra de Privilegios
Bueno
Digitalizado
Firmas autógrafas de los reyes.
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