Necesidad de informe del Consejo de Administración para aprobar presupuestos
ULTRAMAR,4681,Exp.2
1862
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,4681,Exp.2
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central Ministerio de Ultramar Gobierno de Cuba. Ministerio de Ultramar Administración local. Gobierno de Cuba Presupuestos y contabilidad Presupuestos provinciales y municipales
Ministerio de Ultramar (España)
Por Real Orden de 6 de noviembre de 1862 se dispone que, para la aprobación de los presupuestos municipales extraordinarios en que solo se consignan gastos autorizados, debe preceder informe del Consejo de Administración del mismo modo que se hace para los ordinarios.
Expediente registrado en el año 1862 con el nº 139