Expediente general de censura de imprenta: sobre nombramiento de censores a los fiscales de Audiencia
ULTRAMAR,4684,Exp.21
1840 - 1850
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,4684,Exp.21
El Tribunal Supremo de Justicia remite al ministro de Gracia y Justicia la consulta sobre la conveniencia de que se prohíba a los ministros y fiscales de la Audiencia Pretorial de La Habana, ejercer las funciones de asesores en ningún negocio de cualquier Tribunal o fuero que sea, quedando sin efecto la Real Orden por la cual se nombró suplente del auditor de Marina a Manuel Remón Zarco del Valle. Por Real Orden de 4 de septiembre de 1844, se prohíbe a los miembros de la Audiencia desempeñar comisiones no anejas a sus plazas. Por otra de 28 de marzo de 1845, se revoca la anterior.
Con motivo de haber solicitado José Bernal, fiscal de la Audiencia de La Habana, una de las dos plazas de censor de imprenta, con la dotación que les está asignada, se dispone que los fiscales de las audiencias, deben asumir las atribuciones de censores y desempeñar el cargo gratuitamente.
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REGULAR
Expediente registrado en el año 1863 con el nº 20