Sobre admitir en los vapores correo a empleados civiles y militares enfermos
ULTRAMAR,4677,Exp.22
1861 - 1862
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,4677,Exp.22
Archivo Histórico Nacional
2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS
2.3. Poder Ejecutivo
2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central
Ministerio de Ultramar
Gobierno de Cuba. Ministerio de Ultramar
Beneficencia, Sanidad y Establecimientos penales. Gobierno de Cuba
Sanidad
Sanidad marítima
Expedientes de expedición y control de patentes de Sanidad
Ministerio de Ultramar (España)
El gobernador capitán general de Cuba, basándose en el caso concreto de Juan Sierra, ayudante del Cuerpo de Sanidad Militar con licencia por enfermedad, solicita que los vapores correos de Cuba sean excluidos de la obligación de admitir a bordo a los empleados civiles y militares enfermos que se trasladen a la Península.
Por Real Orden de 20 de enero de 1862, se declara que los vapores correo tienen la misma obligación de trasladar a los enfermos que tienen los mercantes.
Expediente registrado en el año 1862 con el número 22