Concesión de franquicias a los vapores que hacen viajes con escala en Cuba
ULTRAMAR,4677,Exp.63
1856 - 1862
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,4677,Exp.63
Archivo Histórico Nacional
2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS
2.3. Poder Ejecutivo
2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central
Ministerio de Ultramar
Gobierno de Cuba. Ministerio de Ultramar
Comunicaciones. Gobierno de Cuba
Correos
Expedientes de organización del servicio de Correos
Ministerio de Ultramar (España)
Con motivo de las franquicias solicitadas por la Compañía Francoamericana de Vapores, la Sociedad de Stail (o Steil) y Wolff y la Compañía General Transatlántica, por Real Orden de 5 de julio de 1862, se exime a todos los vapores de cualquier nacionalidad y procedencia que atraquen en los puertos de Ultramar, de los derechos de puerto y navegación, así como de los de toneladas, siempre que no superen una carga de seis de las mismas, tal como disfrutaban los vapores de ingleses y norteamericanos.
Expediente registrado en el año 1862 con el número 62