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Disponiendo que los gobernadores y tenientes gobernadores presidan los ayuntamientos de sus jurisdicciones

Archivo Histórico Nacional

Identificación

Titulo Nombre Formal:

Disponiendo que los gobernadores y tenientes gobernadores presidan los ayuntamientos de sus jurisdicciones

Signatura:

ULTRAMAR,4744,Exp.3

Fecha Formación:

1871

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Compuesta

Código de Referencia:

ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,4744,Exp.3

Situación en el cuadro de clasificación del archivo:

Archivo Histórico Nacional     2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS     2.3. Poder Ejecutivo     2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central     Ministerio de Ultramar     Gobierno de Cuba. Ministerio de Ultramar     A Pendiente. Gobierno de Cuba

Contexto

Nombre del/los productor/es:

Ministerio de Ultramar (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

El gobernador superior político de Cuba da cuenta al ministro de Ultramar, de haber dispuesto que los gobernadores y tenientes gobernadores presidan, siempre que lo crean conveniente, los ayuntamientos enclavados en sus respectivas jurisdicciones, de los cuales son presidentes natos según las disposiciones vigentes, disposición dictada con motivo del expediente promovido a consecuencia de la queja dada por el teniente gobernador de Guanabacoa contra el Ayuntamiento de Regla, a causa de la interpretación que se da a las atribuciones que le competen, del cual remite copia. Aprobado por Real Orden de 26 de mayo de 1871.

Condiciones de Acceso y Uso

Índices de Descripción:

 Notas

Notas:

Expediente registrado en el año 1877 con el nº 89

Soporte y Volumen

4 Documento(s) .