Exención a las iglesias de Cuba del pago de las aceras
ULTRAMAR,4746,Exp.95
1870 - 1872
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,4746,Exp.95
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central Ministerio de Ultramar Gobierno de Cuba. Ministerio de Ultramar Administración local. Gobierno de Cuba Presupuestos y contabilidad Expedientes de exención del pago de cargas municipales
Ministerio de Ultramar (España)
El gobernador superior político de Cuba remite al ministro de Ultramar el expediente promovido por el Obispado de La Habana para que exima a las iglesias del pago de las aceras colocadas en sus frentes. Por Real Orden de 5 de diciembre de 1872, se resuelve que lo costee el Ayuntamiento de la capital como ornato público.
Expediente registrado en el año 1878 con el número 95.