Expedientes de concesión de licencia para contraer matrimonio
1847 - 1968
Serie
ES./16
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central Ministerio de Ultramar Gobierno de Cuba. Ministerio de Ultramar Personal. Gobierno de Cuba
La Real Orden de 13 de mayo de 1851, dispone que los empleados civiles del Ministerio de la Gobernación en las provincias de Ultramar, queden sujetos, como lo están los militares, a solicitar licencia para contraer matrimonio, sin que puedan llevarlo a efecto hasta haberla obtenido, so pena de incurrir en las penas que imponen los reglamentos sobre este particular.
Ministerio de Ultramar (España)
El expediente se incoa por instancia documentada del interesado, a la cual da curso el gobernador capitán general de Cuba. Se remite el expediente a informe de la Junta de Clases Pasivas, que dice si está instruido conforme al Reglamento de Montepío de empleados de América; este informe es necesario para que la esposa tenga derecho a pensión.
En ocasiones, se han unido al expediente personal del funcionario, la solicitud de licencia para contraer matrimonio, por lo tanto es conveniente consultar las series de Expediente personales para completar el estudio de estas licencias.